Resumen Ejecutivo
El documento https://www.miguelgallardo.es/aepd-slapp-municipal.pdf constituye una oposición formal al procedimiento sancionador EXP202401869 de la AEPD, denunciando lo que califica como una acción SLAPP (Strategic Lawsuit Against Public Participation) destinada a censurar y reprimir la participación ciudadana legítima.
Esta denuncia expone una presunta colusión entre funcionarios del Ayuntamiento de Madrid y de la propia AEPD para utilizar la normativa de protección de datos como instrumento de censura encubierta, vulnerando la Directiva (UE) 2024/1069 contra demandas abusivas y la Ley 2/2023 de protección de informantes.
Contexto Normativo y Antecedentes
Marco Legal Vulnerado
- Directiva (UE) 2024/1069: Protección frente a demandas estratégicas contra la participación pública
- Ley 2/2023, de 20 de febrero: Protección de personas que informen sobre infracciones normativas
- Artículo 20 CE: Libertad de expresión e información
- Artículo 24 CE: Tutela judicial efectiva
- Artículo 105 CE: Transparencia administrativa
Situación Actual
La AEPD, bajo la presidencia de Lorenzo Cotino Hueso, ha iniciado un procedimiento sancionador contra un ciudadano por divulgar información sobre presuntas irregularidades en la gestión municipal, ignorando la inmunidad del informante reconocida en el Artículo 38 de la Ley 2/2023.
Artículo 38 Ley 2/2023: "Los informantes que hayan realizado una revelación o una comunicación pública de conformidad con esta ley no incurrirán en responsabilidad alguna [...] siempre que hayan tenido motivos razonables para creer que la revelación o comunicación pública de la información era necesaria para revelar la infracción."
Responsables Directos Identificados
Funcionarios del Ayuntamiento de Madrid
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José Luis Martínez-Almeida Navasqés - Alcalde de Madrid
Presuntas actuaciones: Permitir cultura de opacidad institucional, no supervisar adecuadamente a empresas subcontratadas, no implementar controles necesarios para proteger datos personales de ciudadanos. -
María Luz Polo Morales - Jefa de Sección de Control de Alimentos de Origen Animal y Protección Animal
Presuntas actuaciones: Dejación de funciones como "Única Autoridad Competente" en Arganzuela, lenidad en caso de ladridos patológicos documentado, promoción de acción SLAPP contra denunciantes. - Ángela María García Sánchez - Responsable del expediente municipal ref. 201/19/1365-GS
- Alejandro Oriol Rodríguez - Partícipe en expediente municipal utilizado para encubrimiento
- María Lourdes Menéndez González-Palenzuela - Partícipe en expediente municipal
- Judit-Gea Hernández Largacha - Responsable del expediente municipal ref. 201/2019/1365-HL
Funcionarios de la AEPD Involucrados
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Lorenzo Cotino Hueso - Presidente de la AEPD
Presuntas actuaciones: Validar procedimiento sancionador EXP202401869 que ignora la inmunidad del informante, permitir utilización de la AEPD como instrumento de censura SLAPP. -
Miguel Ángel Orea Malo - Instructor del Expediente EXP202401869
Presuntas actuaciones: Firmar "Acuerdo de Inicio" ignorando la doctrina SLAPP y protección al informante, no aplicar la Directiva (UE) 2024/1069. -
Ángel Carralero Fernández - Secretario del procedimiento EXP202401869
Presuntas actuaciones: Realizar "investigación prospectiva y maliciosa" contra el reclamante, validar y refrendar acuerdo presuntamente prevaricador.
Documentos Sustantivos de la Denuncia
- Denuncia Principal SLAPP - Oposición completa al expediente EXP202401869
- Caso Veterinaria Municipal - Documentación sobre negligencia en protección animal
- Inteligencia Artificial EMT - Denuncia por opacidad en sistemas de IA municipal
- Opacidad Municipal - Respuesta inadmisión a solicitud de transparencia
- Informe Telemadrid IA - Informe sobre inteligencia artificial municipal
- Estatutos APEDANICA - Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos
Análisis de Irregularidades Detectadas
Patrón de Encubrimiento Verificado
- Fase 1 - Omisión Delictiva Inicial: Gestión irregular del registro REGAGE23e00056009721 por funcionarios de la AEPD, omitiendo la obligación de remisión a la Fiscalía (Art. 262 LECrim).
- Fase 2 - Prevaricación SLAPP: Dictado del Acuerdo de Inicio EXP202401869 sancionando al denunciante por información que la AEPD debió investigar.
- Fase 3 - Validación Jerárquica: Aval institucional por Lorenzo Cotino del acto presuntamente prevaricador.
Vulneraciones Normativas Identificadas
- Artículo 38 Ley 2/2023: Ignorar la inmunidad del informante que revela información veraz sobre asuntos de interés público.
- Directiva (UE) 2024/1069: No aplicar protección frente a demandas estratégicas contra la participación pública.
- Artículo 20 CE: Vulneración de la libertad de expresión e información sobre asuntos de relevancia pública.
- Artículo 24 CE: Quebrantamiento del derecho a la tutela judicial efectiva mediante procedimientos abusivos.
Conexión con Otros Casos de Opacidad
Caso Mascarillas
El Ayuntamiento de Madrid dirigido por Almeida enfrentó serias cuestiones sobre la adjudicación de contratos de material sanitario durante la pandemia, donde el alcalde se negó a asumir cualquier responsabilidad política.
Presunto Espionaje a Ayuso
Almeida enfrentó una comisión de investigación sobre supuesto "espionaje" al entorno de la presidenta de Madrid, lo que representó uno de los momentos más complicados de su mandato.
Opacidad en Inteligencia Artificial
APEDANICA ha denunciado formalmente la grave opacidad del Ayuntamiento de Madrid y su EMT respecto al uso de sistemas de inteligencia artificial potencialmente intrusivos, calificando esta opacidad institucional como "encubridora".
Conclusión y Exigencias
La situación documentada en https://www.miguelgallardo.es/aepd-slapp-municipal.pdf evidencia un patrón sistemático de utilización de la administración pública para fines de censura y represalia contra ciudadanos que ejercen su derecho fundamental a denunciar presuntas irregularidades.
Exigencias Formuladas
- Archivo Inmediato del procedimiento EXP202401869 por constituir una acción SLAPP manifiesta.
- Investigación Disciplinaria contra los funcionarios AEPD y municipales identificados.
- Aplicación Efectiva de la Directiva (UE) 2024/1069 por parte de todas las administraciones públicas.
- Garantías Reforzadas para la protección de informantes según lo establecido en la Ley 2/2023.
Este caso trasciende lo meramente procedimental para convertirse en un test de estrés sobre la capacidad de nuestro sistema administrativo para proteger a quienes defienden el interés general frente a prácticas irregulares.