Al Juzgado de Instrucción 25 de Madrid (RECURSO de APELACIÓN)
Diligencias indeterminadas 74/2014 (querella por malversación de caudales públicos)
QuerelladoL Hermann Tertsch del Valle Lersundi por www.cita.es/querella-telemadrid
Miguel Torres Álvarez, procurador de Miguel Ángel Gallardo Ortiz y CITA, SL según consta en el Juzgado, como mejor proceda presentan RECURSO de APELACIÓN contra el AUTO de 27.5.14 con las siguientes ALEGACIONES:
1ª El AUTO que recurrimos ignora por completo las alegaciones del recurso de reforma contra la providencia que requería fianza sin haber admitido a trámite la querella, y ya dijimos que, si no se admitiera, no ha lugar a fianza alguna, por lo que insistimos en que el juzgado debe de pronunciarse sobre la admisibilidad de la querella antes de requerir fianza, y en todo caso, solicitamos poder conocer el INFORME del Ministerio Fiscal. Para fundamentar la pertinencia de esta condición basta con leer, por ejemplo, el AUTO de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ATS 6801/2009 de 26/05/2009, ponente ADOLFO PREGO DE OLIVER TOLIVAR, que deja meridianamente claro que primero se ha de resolver sobre la admisión en AUTO y después, solo después, fijar fianza. No se ha hecho.
2ª Los querellantes no son solventes, y bien que lo lamentan. Miguel Gallardo tiene concedida la justicia gratuita según consta en el Expediente O-11351/2009 y en el procedimiento 1877/08 del Juzgado de 1ª Instancia 41 de Madrid y la empresa CITA ya fue declarada insolvente por la Agencia Tributaria según acredita la Secretaria General de la Agencia Española de Protección de Datos ante la Audiencia Nacional en escrito que se acompaña. Pero la insolvencia no puede impedir ejercer el derecho constitucional del art. 125 en acción pública y por ello reiteramos que se nos debe eximir del depósito de fianza, o que sea simbólica.
Por lo expuesto, al Juzgado SOLICITAMOS que teniendo por presentado este RECURSO DE APELACIÓN se digne admitirlo con el escrito que se acompaña y se anule, se reduzca, o se desglose para la persona física y jurídica querellantes, la fianza requerida, y en todo caso, que se admita en AUTO la querella, por ser de hacer Justicia que respetuosamente pedimos en Madrid, a 2 de junio de 2014.
Fdo: José Manuel López Iglesias, abogado y Miguel Torres Álvarez, procurador
Hiperenlaces en www.cita.es/apela-telemadrid y www.miguelgallardo.es/apela-telemadrid.pdf