@miguelgallardo | Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo | Perito Judicial Especialista en Ingeniería Forense e INFORMATOSCOPIA NOTARIAL en APEDANICA

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⚠️ NOTA: Este informe complementa los análisis publicados en cita.es/concursales-fti/ (FTI & Partners) y cita.es/concursales-pwc/ (PwC). Toda comunicación debe dirigirse a APEDANICA, no a la administración concursal.

🏢 INFORME PERICIAL DE APEDANICA: RESPONSABLES CORPORATIVOS DE ERNST & YOUNG ABOGADOS S.L.P. Y ADMINISTRACIONES CONCURSALES EN MACROCAUSAS

La firma especializada Ernst & Young Abogados S.L.P. (EY Abogados) es la división legal y concursal de la multinacional EY (Ernst & Young) en España. Se ha consolidado como uno de los administradores concursales y expertos en reestructuración de mayor calado corporativo, interviniendo habitualmente en macrocausas mercantiles y asumiendo la liquidación de pasivos de cientos de millones de euros o liderando los mecanismos del Libro Segundo del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). Este informe pericial identifica a los máximos responsables corporativos, a los administradores concursales designados judicialmente (personas físicas) y a los macroconcursos gestionados, actualizado con correcciones sintácticas y ampliaciones de datos (Abeinsa, Andbiel).

⚠️ IMPORTANTE PARA ACREEDORES
De acuerdo con el TRLC, el plazo para comunicar créditos es de un mes desde la publicación en el BOE. La extemporaneidad conlleva la subordinación del crédito (art. 281 TRLC). APEDANICA asesora sobre la viabilidad de incidentes concursales (art. 297 TRLC) para impugnar listas de acreedores o la exclusión indebida.

📋 Índice de contenidos

🔍 1. Identificación, sedes provinciales y estructura fiscal unívoca

👔 2. Máximos responsables corporativos actuales de EY Abogados

⚖️ 3. Administradores concursales y liquidadores (personas físicas de EY Abogados)

3.1. Jesús Borjabad García

3.2. Jordi Gras i Sagrera

3.3. Santos Olalde Itsaso (nota pericial de vinculación externa)

3.4. Otros profesionales de EY Abogados

🏢 4. Inventario de macroconcursos y sociedades concursadas o liquidadas por EY

4.1. Abengoa S.A. (y macro‑entramado: Abeinsa, Abengoa Water)

4.2. Pullmantur S.A.U. (división de cruceros)

4.3. Marypaz (Calzados Marypaz / Crocea Mors S.L.)

4.4. Dental Global Management S.L. (red de clínicas dentales)

4.5. Fleet Care Services S.L. (riesgo de buzón externo)

4.6. Urbanización Escalona Golf S.L.

4.7. Andbiel S.L. (conclusión de liquidación)

4.8. Otras entidades en el historial de control de EY

📌 APEDANICA no gestiona créditos ni actúa como administración concursal. Su función es exclusivamente pericial: auditoría forense, detección de irregularidades y asesoramiento técnico para la impugnación de listas de acreedores (art. 297 TRLC).

⚖️ 5. Criterios de responsabilidad y doctrina del Tribunal Supremo (2025-2026)

🛠 6. Plazos procesales y recomendaciones para acreedores

📚 DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA VERIFICADA (BOE y fuentes oficiales) – Enlaces indexables con atributos SEO

📑 Análisis de concursos de acreedores

Dictamen pericial sobre viabilidad de reclamaciones y valoración de créditos.

🔍 Informática forense concursal

Investigación de rastros digitales para detectar alzamiento de bienes o fraudes.

⚖️ Impugnación de listas de acreedores

Elaboración de recursos para impugnar listas provisionales o definitivas.

📢 Asesoramiento a afectados por macroconcursos

Colaboración con acreedores, proveedores y trabajadores afectados.

⚖️ RECOMENDACIÓN FINAL DE APEDANICA
Si usted es acreedor, proveedor o afectado por alguno de los procedimientos concursales mencionados, contacte exclusivamente con APEDANICA para recibir asesoramiento pericial independiente. No remita documentación a la administración concursal sin previo análisis forense, ya que el plazo para comunicar créditos es preclusivo y cualquier error puede degradar su derecho de cobro.

📩 CONTACTO ÚNICO PARA ASOCIADOS Y AFECTADOS
Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo, Presidente de APEDANICA
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📄 Este documento puede ser utilizado por profesionales del derecho, periodistas de investigación y acreedores para la fiscalización de las administraciones concursales.