CONSORCIO INTERINSULAR en Internet www.cita.es/interinsular
Se constituye este CONSORCIO INTERINSULAR al que podrán pertenecer, como socios o asociados, personas físicas y jurídicas de cualquier nacionalidad que residan permanente o eventualmente en una isla o que, residiendo en cualquier continente, acrediten un interés legítimo, se comprometan expresamente con los fines, reconozcan y respeten a la organización de este CONSORCIO INTERINSULAR.
1ª FINES.- La seguridad, sostenibilidad y prosperidad, en sus sentidos más amplios, de todos los habitantes y visitantes de cualquier isla, así como cuanto contribuya a la salud, el bienestar y la riqueza de quienes residan en islas o las visiten.
La SEGURIDAD INSULAR, tiene dos perspectivas. La primera es la asistencial ante cualquier catástrofe, emergencia, incidencia o hecho consumado que afecte a la seguridad de los habitantes o visitantes o inversores de una isla por cualquier tipo de catástrofe o eventualidad que dañe o perjudique a una isla o a su población. La segunda, pero no menos imporante, es la prevención mediante evaluación de riesgos, alertas tempranas y alarmas insulares e interinsulares articulando la cooperación entre organismos públicos y entidades privadas para elaborar planes de seguridad por contingencias insulares. La experiencia demuestra que la sensibilidad, empatía y solidaridad entre habitantes de islas, por distantes y diferentes que sean, es un valor seguro muy activo y una alta prioridad de este CONSORCIO INTERINSULAR.
La SOSTENIBILIDAD INSULAR es un imperativo categórico exigible a todos los gobiernos nacionales y supranacionales desde la Orgnización de Naciones Unidas (ONU) hasta la más remota autoridad insular o continental. El equilibrio sostenible entre la población y el medio ambiente debe permitir satisfacer las necesidades de la generación actual sin sacrificar ninguno de los derechos que debieran tener las generaciones venideras. La moralidad propia y la filosofía moral o Ética basada en lógica deóntica es también un imperativo exigible a quien, a su vez, se propone exigir medios y responsabilidad a las autoridades nacionales e internacionales competentes como firmemente ha decidido promover este CONSORCIO INTERINSULAR.
La PROSPERIDAD INSULAR y la de las personas jurídicas insulares, los habitantes y visitantes, tanto si son profesionales como si son turistas o jubilados, es un derecho irrenunciable y también es un deber social. Las inversiones de capitales y los emprendimientos empresariales para la creación y mejora del empleo son prioritarias en una época marcada por la crisis económica y el paro. Entendemos que las telecomunicaciones y los transportes, las energías, el agua, la alimentación, sanidad y educación son los medios más importantes en una isla para proporcionar otros bienes y servicios, singularmente, el turismo insular responsable y sostenible. El que cada isla consorciada aspire a ser tan bien tratada por las autoridades continentales como la mejor tratada del mundo en cada momento y sentido es el argumento ontológico de la filosofía de la insularidad de este CONSORCIO INTERINSULAR.
2ª ORGANIZACIÓN.- Para la consecución de sus fines, y para la promoción de cuantos eventos y actos los posibiliten, este CONSORCIO INTERINSULAR ejercerá muy libremente el derecho de petición y también el de queja basada en la sana crítica, pero no tendrá nunca ninguna capacidad de endeudamiento ni responsabilidad fiscal, administrativa, civil o penal en ninguna nación o estado, porque todas las responsabilidades, fiscales, administrativas, civiles o penales serán de sus miembros o de sus administradores. Las cuotas de los miembros y donaciones o patronazgos serán administradas por una asociación sin ánimo de lucro que será una organización no gubernamental (ONG) designada en cada caso por la Secretaría Técnica. La contratación y el pago será siempre mediante empresa, con su propia responsabilidad fiscal, que tendrá todo el poder ejecutivo económico desde la Secretaría Técnica.
Al constituirse el CONSORCIO INTERINSULAR la Secretaría Técnica, con plenos poderes, se asigna a la empresa española Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (CITA) Sociedad Limitada Unipersonal, constituida en el año 1996, con identificación fiscal española B-81499345 y domicilio social en C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º B, E-28045 Madrid, Tel.: (+34) 902998352, Fax: (+34) 902998379 Web WWW.CITA.ES siendo su Administrador Único el ingeniero Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con Web personal en www.miguelgallardo.es que utilizará los correos electrónicos miguel@cita.es y también (preferentemente) cita902998352@gmail.com
La Secretaría Técnica contará con un Comité Asesor del que formarán parte personas expertas a las que el CONSORCIO INTERINSULAR reconoce su prestigio y conocimientos para proponer todo tipo de iniciativas. Cuando lo consideren oportuno, se reunirán en el Club Financiero Génova de Madrid www.clubfinancierogenova.com y en cualquiera de sus corresponsalías en todo el mundo con preferencia a otra sede.
La Secretaría Técnica, bajo su propia responsabilidad, podrá contratar agentes, y estos a subagentes, considerando la Directiva 86/653/CEE del Consejo de 18 de diciembre de 1986 relativa a la coordinación de los derechos de los Estados Miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes en la Unión Europea, y en España, la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia.
Para la resolución de disputas o conflictos del CONSORCIO INTERINSULAR serán competentes los juzgados y tribunales de Madrid Capital de España, con expresa renuncia de cualquier otro fuero nacional o internacional.
Nota: Este CONSORCIO INTERINSULAR se presentará ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), Organización Mundial del Turismo (OMT), Comisión Europea (CE) y otros organismos internacionales, mencionando expresamente (o no), a los primeros socios, asociados y miembros del primer Comité Asesor que en estos momentos está nombrando la Secretaría Técnica desde cita902998352@gmail.com
Este documento constituyente queda publicado en www.cita.es/interinsular
www.cita.es/consorcio/interinsular y www.miguelgallardo.es/interinsular.pdf