JUZGADO DECANO DE MADRID con copia
por sede Judicial Electrónica para los Juzgados de 1ª Instancia 77 PO
1020/2020 (atn. letrada MARIA MICAELA HURTADO YELO) y también el JPI 89 PO
1008/2020 (atn. letrada ANA RUIZ MADRAZO) solicitando
suspensión
Escrito
en
www.miguelgallardo.es/demandas-municipales-ilegales-duplicadas.pdf
Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con datos que consten en los dos PO de los dos juzgados de referencia, ha recibido dos emplazamientos
que se adjuntan y también he decidido publicar en Internet en
www.miguelgallardo.es/emplazamiento-demanda-municipal.pdf
www.miguelgallardo.es/emplazamiento-demanda-municipal-bis.pdf
con la misma demanda del Ayuntamiento de Madrid con su referencia 201/19/1365-GS. Es decir, que se ha duplicado el registro
y debe investigarse y resolverse para que únicamente un juzgado admita esa demanda que, por otra parte, es ilegal al firmarla empleado público letrada municipal del Ayuntamiento de Madrid SIN PROCURADOR NI REPRESENTACIÓN PROCESAL de la funcionaria que demanda
por su honor, y que debe designar abogado y procurador de su elección.
Ya se han puesto en conocimiento de la Fiscalía ambas ilegalidades mediante
Denuncia
publicada
en
www.miguelgallardo.es/demanda-municipal-malversada.pdf
que se adjunta, y también se ha llamado telefónicamente al JPI 89 que ha sido el último en notificar solicitando poder hablar
del PO 1008/2020 con la letrada ANA RUIZ MADRAZO, sin conseguirlo. En el JPI 77 el PO
1020/2020 ya está suspendido. Debe hacerse responsable la Fiscalía considerando la
Sentencia 12/2020 de 12 de febrero del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo 2 de la Audiencia Nacional (Ponente Magistrado Luis Manuel Ugarte Oterino) que estimó la reclamación patrimonial por un non-bis-in-idem por responsabilidad de fiscales.
También es muy relevante para evidenciar la ilegalidad el PO 802/2009 del Juzgado de Primera Instancia 55 de Madrid y la intervención del fiscal Castro Páramo de Santiago para
obligar a designar abogado y procurador particular en un caso asemejable.
Por lo expuesto, como mejor proceda solicito que se suspendan los dos procedimientos en los Juzgados de 1ª Instancia
77 PO 1020/2020 (atn. letrada MARIA MICAELA HURTADO YELO) y también en el JPI
89 PO 1008/2020 (atn. letrada ANA RUIZ MADRAZO) y que se trasladen a la Fiscalía los dos expedientes completos de ambos procedimientos para que resuelvan, tanto sobre la duplicidad, como sobre la ilegalidad de que derechos personales, particulares
y privados se demanden con recursos públicos, y que se identifiquen bien todos los fiscales que intervengan en esos procedimientos, sin perjuicio de otras acciones ejercitables por ser Justicia que pido en la fecha de registro.
Dr.
(PhD)
Miguel Gallardo
PERITO
Tel. (+34) 902998352
E-mail: apedanica.ong@gmail.com
Asociación
APEDANICA con registro del Ministerio del Interior
www.cita.es/apedanica.pdf
Fiscalía a la que corresponda esta DENUNCIA
Atn. Jesús Caballero Klink,
María Pilar Rodríguez Fernández, María Luisa Ruesta Botella
Denuncia
publicada
en
www.miguelgallardo.es/demanda-municipal-malversada.pdf
Como necesariamente han de saber y deben documentar los fiscales personados en los procedimientos del Juzgado de 1ª Instancia nº 77 de Madrid 1020/2020
(SUSPENDIDO ACTUALMENTE) y Juzgado de 1ª Instancia nº 89 de Madrid PO 1008/2020, letrados del Ayuntamiento de Madrid han presentado demanda por honor de una veterinaria funcionaria municipal que se pretende que sea absolutamente innombrable como ya conoce
la Fiscalía de Madrid y la dirección actual de la Agencia Española de Protección de Datos AEPD. Existen indicios racionales de malversación de recursos públicos para fines privados a sabiendas del letrado municipal Alejandro Oriol Rodríguez y María Lourdes
Menéndez González-Palenzuela, aunque una demanda que aquí denunciamos (todavía no se nos ha notificado la otra) la firme la letrada Ángela María García Sánchez, señalando los archivos y registros relacionados con esas demandas municipales ya judicializadas
y también sobre la denuncia penal de la innombrable funcionaria archivada por el Juzgado de Instrucción 2 de Madrid según nos consta que conocen tanto la Fiscalía como la AEPD, que, por cierto, tiene constancia de que para evitar sanciones y costas, se han
eliminado todos los contenidos y enlaces que se nos han requerido, sin perjuicio de denunciar con la máxima contundencia a todos los funcionarios censuradores.
En un asunto bien asemejable, el fiscal Castro Páramo de Santiago pidió al Juzgado de Primera Instancia 55 de Madrid en PO 802/2009 que Ignacio González,
ahora también funcionario del Ayuntamiento de Madrid, fuera requerido para designar a su costa abogado y procurador particulares, porque el letrado institucional Roberto Pérez Sánchez no podía demandar nada por su honor personal. Toda censura ilícita e inmoral
es repugnante, pero si utiliza recursos públicos, es delictiva y atenta contra un derecho fundamental por lo que la inseguridad jurídica es denunciable con interdicción de la arbitrariedad a la vista del precedente ya sentado por el fiscal Castro Páramo. Más
allá de las acciones, omisiones, disfunciones y arbitrariedades en el del Ministerio Público, tenemos firme voluntad de informar a instancias internacionales así
http://www.miguelgallardo.es/department-of-state-censorship
Por lo expuesto, solicitamos que teniendo por presentada esta denuncia, los fiscales
personados en los procedimientos del Juzgado de 1ª Instancia nº 77 de Madrid 1020/2020 (SUSPENDIDO ACTUALMENTE) y Juzgado de 1ª Instancia nº 89 de Madrid PO 1008/2020 actúen en defensa de la legalidad
instando que ambas denuncias sean inadmitidas mientras la funcionaria demandante no designe, a su costa, abogado y procurador particulares, y en todo caso, como demandado, a la vista de las sistemáticas dificultades para identificar judicialmente a los fiscales
responsables, solicitamos sus nombres y apellidos con datos de contacto para pedirles cita o conversación telefónica a la mayor brevedad posible, a la vista de este PDF de 10 páginas.
Dr.
(PhD)
Miguel Gallardo
PERITO
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APEDANICA con registro del Ministerio del Interior
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Oficina del Portavoz del Departamento de Estado y Embajada de Estados Unidos en Madrid
Atn. Antony J. Blinken
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Carta
abierta
en
www.cita.es/departamento-de-estado-censura.pdf
La
asociación APEDANICA ha tenido conocimiento del USA 2020 Country Reports on Human Rights Practices: Spain publicado en
https://www.state.gov/reports/2020-country-reports-on-human-rights-practices/spain/
https://www.state.gov/wp-content/uploads/2021/03/SPAIN-2020-HUMAN-RIGHTS-REPORT.pdf
APEDANICA quiere poner en conocimiento de los autores responsables del informe otros tipos de ataques a la libertad de expresión
en España más allá de los “CIVIL JUDICIAL PROCEDURES AND REMEDIES”.
En España se practica el
ACOSO contra quienes informan verazmente de hechos con datos relevantes de interés público. Por una parte, la Agencia Española de Protección de Datos
AEPD
censura a quien cita el nombre de un funcionario público que ejerce su poder injustamente, y por otro, hay organizaciones dedicadas a plantear docenas de juicios civiles
y penales con todo tipo de demandas o querellas obligando al acosado a personarse en distintos juzgados sometiéndonos a procesos kafkianos en que los fiscales no defienden a quien publica información veraz, y existen colusiones que conoce la Inspección de
la Fiscalía General del Estado FGE, siendo su máxima responsable actual Dolores
Delgado. Incluso se publicita la censura garantizada en Google con anuncios AdWords por una empresa inimaginable en otros países.
Para APEDANICA sería un honor que toda la censura,
transcensura,
metacensura
y ultracensura
que denunciamos fuera referenciada en otros futuros informes, para lo que ofrecemos nuestros archivos y los siguientes enlaces, de los que nos hacemos plenamente responsables:
Irene Khan @Irenekhan
human rights activist, gender =, #freespeech, #justice for all, global citizen w roots in Bandera de Bangladesh UN Special Rapporteur Freedom of Opinion & Expression
https://twitter.com/miguelencita/status/1352646802055557121
Carta abierta
revisable publicada
en
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ACOSO JUDICIAL y su VICTIMOLOGÍA-CRIMINOLOGÍA
deliberando
en
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Borrador
publicado
en
www.miguelgallardo.es/contra-acoso-judicial.pdf
Dr.
(PhD)
Miguel Gallardo
PERITO
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Carta abierta
revisable publicada
en
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Article 19. Everyone has the right to freedom of opinion and expression; this right includes freedom to hold opinions
without interference and to seek, receive and impart information and ideas through any media and regardless of frontiers (Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones,
el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión)
Desde Madrid, quiero poner en su conocimiento que existe una empresa en España cuyo principal negocio es borrar, o censurar,
cuanto pueda contratrarle un cliente, y además, acosa a quien informa de sus actuaciones contra el derecho del artículo 19. “LEGAL ERASER SL” y la marca “TeBorramos” publicitan en Google sus servicios censuradores, y utilizan numerosos abogados para hacer
la vida imposible a quien publica información veraz, y también acosan a quienes le defienden. No se trata solamente de mi propia experiencia como víctima del acoso y las amenazas coactivas de LEGAL ERASER y los abogados que actúan con la marca TeBorramos para
censurar por dinero, sino que también acosan de todas las maneras imaginables a quien informa verazmente del negocio censurador, como editores o directores que le publican en algún medio, e incluso, al abogado que se atreve a defenderle bien.
Existe una censura de primer orden elemental, y otra que intenta censurar la identidad del censurador. La “CENSURA DE
LA CENSURA” es la especialidad empresarial de TeBorramos y LEGAL ERASER SL. Señalo a la Fiscalía General del Estado FGE, a la Agencia Española de Protección de Datos AEPD, y a los 3 juzgados en los que me acusan de todo tipo de delitos y demandan dinero los
censuradores, pero también al Colegio de Abogados de Madrid ICAM que debería amparar a mí abogado y sin embargo, le abre un expediente deontológico por defender mi derecho a dar y recibir información veraz de interés público.
Se adjuntan algunas referencias que ilustran el negocio censurador y la “CENSURA DE LA CENSURA”, definiéndose la TRANSCENSURA
METACENSURA y ULTRACENSURA, quedando a la disposición de todo el que pueda entender y aportar referencias o criterios superiores.
Definiciones para la censurología pericial y forense:
censura
Del lat.
censūra.
1.
f. Acción de censurar.
2.
f. Dictamen que se emitía acerca de una obra.
3.
f. Organismo encargado de ejercer la
censura.
4.
f. Pena eclesiástica impuesta conforme al derecho canónico.
5.
f. Entre los antiguos romanos, oficio y dignidad de censor.
6.
f.
Psicol. Conjunto de factores que regulan determinados hechos psíquicos
permitiendo que algunos emerjan a la consciencia y otros se repriman.
7.
f.
desus. Padrón, asiento, registro o matrícula.
Nuevos términos censurológicos que proponemos:
TRANSCENSURA es censura falsaria
y manipuladora porque utiliza unos supuestos derechos de manera improcedente para ocultar hechos publicables por ser veraces y de relevancia pública. La intención del transcensurador es confundir fraudulentamente, con eficacia, e impunidad, de manera que se
ejerce indebidamente un falso derecho.
METACENSURA como “CENSURA DE
LA CENSURA”, acción de censurar que se ha censurado, y por extensión, todo lo que pretende ocultar el censurador de cómo pretende hacer efectiva su censura. La metacensura es una censura de orden superior que impide conocer quién, cómo y por qué se ha censurado
algo bien publicable.
ULTRACENSURA como grado extremo
de la peor censura que represalia al censurado molestándole, acosándole y perjudicándole por mencionar al censurador, o alguno de sus actos o medios de censura, o sus clientes. La ultracensura es una censura extremadamente inmoral e ilegal, que atenta contra
un derecho fundamental y universal reconocido en el artículo 19 de las Naciones Unidas. Los ultracensuradores siempre deben ser bien identificados, y todas sus acciones, omisiones y excesos, sancionados, con más severidad si coaccionan al censurado por medio
de otras personas. Es el caso de la denuncia deontológica, presentada el Colegio de Abogados de Madrid ICAM, contra un letrado al que un consumado y contumaz ultracensurador, que trabaja para una empresa que vende censura garantizada, según publicita en anuncios
de Google Adwords, pretende hacerle responsable de los actos de otros con el propósito de dificultar al máximo la defensa de su libertad de expresión y el derecho a dar y recibir información muy veraz.
Estas definiciones están en permanente revisión para su precisión y aplicación en defensa del espíritu del artículo 19
de las Naciones Unidas.
APEDANICA perita en CENSUROLOGÍA y CENSUROSCOPIA. Ver PDF
http://www.cita.es/descensurar.pdf
mientras hacemos frente a negocios censuradores, como por ejemplo el
ANUNCIO DE “TEBORRAMOS” PUBLICITADO EN GOOGLE ADWORDS
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http://www.miguelgallardo.es/google-teborramos-demanda.pdf
Tel (+34)
902998352 E-mail: apedanica.ong@gmail.com - Miguel Gallardo
www.miguelgallardo.es/google-teborramos-demanda.pdf
PDF
12 nov 2020 —
censura desindexando a petición de “TeBorramos”
, ocasiona un creciente perjuicio que debe ser indemnizado, además de informar de...
FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA ...
www.miguelgallardo.es
› teborramos-anticorrupcion
PDF
en
censurar información relevante, como pretende hacer “Legal Eraser” que opera
con la marca “TeBorramos”, y en este caso, con especial legitimación ...
Manuel Villaseca López delegado de Protección de Datos
de ...
www.miguelgallardo.es
› teborramos-dpd-aepd
PDF
23 sept 2020 —
puede verse en
www.cita.es/transparencia-aepd-teborramos.pdf
en ... además de que si un funcionario público participa en esa censura,.
Gmail - PREJUDICIALIDAD PENAL POR QUERELLA en ... - CITA
www.cita.es
› teborramos-querella-fiscal
R. 237/2020 Re: DENUNCIA al ICAV contra abogados de
TeBorramos en ... además de que si un funcionario público participa en esa
censura, cometería un ...
Tesis doctoral “HACIA UNA ÉTICA DEL DESCUBRIMIENTO Y REVALACIÓN DE SECRETOS” en
www.miguelgallardo.es/tesis.pdf
Nota: agradeceremos referencias citables eficaces contra todas las censuras, transcensuras, metacensuras y ultracensuras.
Documentos que constan en procedimientos relevantes
http://www.cita.es/sara-pastor-sanesteban-abogada
http://www.cita.es/auto/teborramos-archivada-querella-mendaz.pdf
http://www.cita.es/naciones-unidas-ginebra.pdf
http://www.cita.es/naciones-unidas-dg.pdf
http://www.cita.es/naciones-unidas-sg.pdf
http://www.cita.es/naciones-unidas-nueva-york.pdf
http://www.cita.es/ultracensura-asuntos-exteriores.pdf
http://www.cita.es/ultracensura-suecia.pdf
http://www.cita.es/ultracensura-finlandia.pdf
http://www.cita.es/ultracensura-noruega.pdf
http://www.cita.es/ultracensura-dinamarca.pdf
http://www.cita.es/ultracensura-irlanda.pdf
http://www.cita.es/teborramos-expediente-gubernativo-valencia.pdf
http://www.cita.es/teborramos-aepd-responsabilidad-patrimonial.pdf
http://www.cita.es/teborramos-fiscal-prejudicialidad-gandia.pdf
http://www.cita.es/google-teborramos-subsanando.pdf
http://www.cita.es/anticorrupcion-censura.pdf
http://www.cita.es/teborramos-fiscal-elvira-tejada/
http://www.cita.es/teborramos-fiscal-alejandro-luzon-canovas/
http://www.cita.es/denuncias/falsas/
http://www.miguelgallardo.es/sara-pastor-abogada.pdf
http://www.miguelgallardo.es/teborramos-archivada-querella-mendaz.pdf
http://www.miguelgallardo.es/teborramos-reimpugnando.pdf
http://www.miguelgallardo.es/google-teborramos-subsanando-registrado.pdf
http://www.miguelgallardo.es/javier-franch-icam.pdf
http://www.miguelgallardo.es/teborramos-impugnaciones.pdf
http://www.miguelgallardo.es/teborramos-riesgo-covid.pdf
http://www.miguelgallardo.es/teborramos-recurre-prejudicialidad.pdf
http://www.miguelgallardo.es/teborramos-jose-francisco-ortiz-navarro/
http://www.miguelgallardo.es/denuncias-falsas.pdf
Para
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ACOSO JUDICIAL y su VICTIMOLOGÍA-CRIMINOLOGÍA
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Borrador
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Las definiciones del “acoso judicial” no pueden ser pacíficas porque nunca serán compartidas por acosadores y acosados.
Para el acosador su derecho a demandar, denunciar o querellarse es ilimitado, mientras que para el acosado es un tormento y su judicialización tortura. Hasta el 29.3.21, la Jurisprudencia del CGPJ publica 44 resoluciones de autos o sentencias con el literal
“acoso judicial”, pero s.e.u.o. todas ellas son quejosas o patéticas alegaciones de quien se siente víctima de abusos de derechos judiciales, nunca reconocidos por ningún juez. El acoso judicial, sea lo que sea, no está tipificado ni como delito, ni como falta,
por lo que solamente puede ser investigado, evidenciado y neutralizado o extrajudicialmente, o mediante acciones contra extorsiones, estafas procesales o mala fe, con la condena en costas al máximo posible.
Si provisionalmente definimos el acoso judicial como una sensación subjetiva, comprendida o no por quien no la sufre, la
categorización o clasificación de los diversos acosos judiciales es también problemática. Por lo general, quien tiene menos recursos y menos preparación que su contrario es quien antes se siente víctima de un acoso judicial, pero hay algunos casos paradigmáticos
tan controvertidos como el del fiscal anticorrupción José Grinda González que dice sentirse “acosado judicialmente” por el abogado Ernesto Díaz-Bastien López, defensor del empresario ruso Ilya Traber. Así, resulta evidente que cuanto un pobre analfabeto funcional
mal defendido por un flojo abogado del turno de oficio considera que es acoso judicial poco tiene que ver con lo que los más excelsos juristas quieran denominar así.
Obviamente, cada acoso judicial debe ser combatido singularmente y no pueden existir fórmulas generales, pero sí algunos
principios tanto procesales como extrajudiciales y ciertas técnicas de índole práctica.
La primera recomendación es denunciar lo que a uno le hace sentirse judicialmente más acosado, identificando con nombre
y apellidos al acosador, más aún si es un profesional, especialmente si es abogado, que trabaja para una organización que se beneficia del acoso. Un claro ejemplo es la empresa
LEGAL
ERASER SL propietaria de la marca “TeBorramos”
administrada por Jesús Campos Giner que, no siendo abogado, dispone de numerosos togados para desarrollar y proteger su negocio publicitado en Google como “censura garantizada”. Hemos denunciado con la máxima publicidad su
transcensura-ultracensura
especialmente en los TECNOPOLIOS
y ponemos a la disposición de todo el que se sienta acosado por Jesús Campos Giner, sus empresas y sus empleados colegiados cuanto podamos documentar porque, a pesar de sus querellas por revelación de secretos y el honor de su empresa y togados, negamos radicalmente
el derecho a ninguna confidencialidad o deber de secreto al acosador judicial.
La segunda recomendación es identificar bien a todos los funcionarios o empleados públicos que conozcan o puedan documentar
acciones u omisiones del acosador judicial, y dar la máxima publicidad a cualquier resolución injusta que favorezca al acosador, y más aún cualquier
conflicto
de intereses o
colusión.
Desde el presidente del Tribunal Constitucional, hasta el último agente judicial interino del menor pueblo, todos los funcionarios son señalables, con sus nombres y apellidos, porque si favorecen alguna vez a algún acosador judicial es posible que lo hayan
hecho más veces, y que tengan más clientes acosadores. Cuanto más invoquen su derecho a la protección de datos personales y a su honor e imagen personal para censurar, más corruptos son, y si la Agencia Española de Protección de Datos AEPD impide publicar
datos y hechos veraces de funcionarios públicos, en sus archivos están los más claros indicios de la peor criminalidad organizada censuradora. El acosador judicial y sus cómplices quieren secreto y anonimato. Es justo lo que nunca se les debe conceder, en
ningún caso. Los directores de la AEPD Artemi
Rallo Lombarte y, actualmente,
Mar
España Martí se han caracterizado por ejercer la censura más inmoral impidiendo que se publiquen datos y hechos ciertos y relevantes de funcionarios públicos. Sería muy
interesante que fueran investigados por encubrimientos y presuntos delitos relacionados con la censura y represalia del derecho fundamental a dar y recibir información veraz (art. 542 del CP, 20 CE y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos DUDH).
Si un representante del Ministerio Fiscal fuera cómplice del acoso judicial merece las más duras y contundentes denuncias
disciplinarias, y si la Inspección de la Fiscalía no actúa ante una denuncia como las que pueden verse contra el fiscal-jefe de Valencia
José Francisco Ortiz Navarro y en Madrid
antes contra José
Javier Polo Rodríguez y
Emilio
Valerio, ahora contra
María
Pilar Rodríguez Fernández y
María
Luisa Ruesta Botella. Los sistemas informáticos de la Fiscalía (la aplicación “Fortuny” no solamente debe servir para espiar y controlar a fiscales honrados y valientes
que se enfrenten a influencias e intrigas, sino también sirve para detectar acosadores judiciales y cómplices en la Fiscalía) deberían alertar de abusos de negocios jurídicos perversos y de querulantes patológicos no solamente para proteger a las víctimas,
sino porque el acosador judicial delinque contra la Administración de Justicia que debe ser defendida de oficio. Si los fiscales personados no lo hacen, la Inspección de la Fiscalía FGE es responsable de las acciones, omisiones, disfunciones y dilaciones de
todos y cada uno de los fiscales desde que se registra la denuncia, hasta que se agota el procedimiento administrativo contra cualquier fiscal con el recurso de reposición contra el último decreto del Fiscal Jefe Inspector, cargo que actualmente ocupa
Fausto
Cartagena Pastor. Después, hasta puede iniciarse un muy inusual procedimiento de reclamación patrimonial hasta el contencioso-administrativo, y hay quien lo ganó épicamente
(el Dr. José Manuel López Iglesias consiguió una indemnización por acciones, omisiones y disfunciones en sucio y zafio "non
bis in idem").
Las víctimas de acoso judicial tienen muchas más armas de las que imaginan, porque un efecto de cualquier acoso es el de
reducir la capacidad de reaccionar del acosado, también en juzgados y tribunales de manera que pocos son los que reaccionan pronto y eficazmente. Al igual que ocurre con la
extorsión,
el acosado y el extorsionado
sienten vergüenza y llegan a considerar incluso más culpables que el acosador o el
extorsionador.
La extorsionología
y su extorsionoscopia
sirven para detectar extorsiones relacionadas con el acoso judicial suponen un gran desafío para la
Victimología,
Criminología
y Criminalística
Forense.
Si un fiscal puede sentirse acosado judicialmente y consigue amparo con defensa de abogado del Estado, muchos periodistas
demandados por el honor de quien dispone de recursos públicos o empresariales deben informarse y documentar el precedente. Estamos decididos a ser a ejercer la interdicción de la arbitrariedad para ser iguales ante la ley.
Este borrador de artículo doctrinal sobre el acoso judicial está abierto a comentarios y referencias citables, pero también
se reserva algunas ideas para las víctimas, que no deben desvelarse porque los acosadores suelen ir por delante y queremos poner en ventaja a los acosados con alguna sorpresa lícita, ética y muy contundente. Sí que quisiéramos hacer dos preguntas: 1. quién
es el que mejor combatió un acoso judicial en España y 2. cómo se combaten los acosos judiciales en otros países europeos (we are researching on “judiciary bullying” in any European or Latin America legal system). ¿Hablamos de acosos?
Dr.
(PhD)
Miguel Gallardo
PERITO
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E-mail: apedanica.ong@gmail.com
Asociación
APEDANICA con registro del Ministerio del Interior
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REFERENCIAS SOBRE ACOSO JUDICIAL
Irene Khan @Irenekhan
human rights activist, gender =, #freespeech, #justice for all, global citizen w roots in Bandera de Bangladesh UN Special Rapporteur Freedom of Opinion & Expression
https://twitter.com/miguelencita/status/1352646802055557121
Carta abierta
revisable publicada
en
www.cita.es/ultracensura.pdf
Relatoría Especial para la Libertad
de Expresión - OEA
http://www.oas.org
› cidh › expresion › showarticle
Con ocasión de celebrarse el 3 de mayo el día mundial de la libertad de
prensa, ... y pide asimismo el cese del
acoso judicial a periodistas en varios países de …
http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=661&lID=2
Acoso
judicial, otra estrategia para silenciar a la prensa
https://flip.org.co
› informacion › noticias › item › 2545-... El
acoso judicial es una estrategia de censura y desestimulación del ejercicio investigativo
que cada vez se …
https://flip.org.co/index.php/es/informacion/noticias/item/2545-acoso-judicial-otra-estrategia-para-silenciar-a-la-prensa
¿Cómo
puede la prensa defenderse de las nuevas formas de censura?
19 feb 2020 —
La FLIP viene registrando los casos de
acoso judicial contra periodistas ... ¿De qué manera puede la
prensa libre defenderse del
acoso judicial?
https://fundaciongabo.org/es/etica-periodistica/debate/como-puede-la-prensa-defenderse-de-las-nuevas-formas-de-censura
Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE
Fiscal de Sala Jefe Inspector: Fausto José Cartagena Pastor
Teniente Fiscal Inspector: Almudena Lastra de Inés
DENUNCIA
publicada
en
www.cita.es/denuncia-fiscal-valencia.pdf
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 19 DE VALENCIA
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 1221/2020
Demandantes: LEGAL ERASER, S.L., FRANCISCO JAVIER FRANCH FLETA, JESÚS CAMPOS GINER, LUIS ABELLÁN VALLET, JOSÉ LUIS MONTESINOS
Escrito
contestación
en
www.miguelgallardo.es/teborramos-contestada.pdf
TeBorramos
se querella ... - Xornal de Galicia para el Mundo
28 sept 2020 —
TeBorramos se querella contra el doctor Gallardo que pide a Fiscalía actuar de oficio
y prejudicialidad penal suspendiendo demanda civil.
https://xornaldegalicia.es/especiales/juridico/13544-teborramos-se-querella-contra-el-doctor-gallardo-que-pide-a-fiscalia-actuar-de-oficio-y-prejudicialidad-penal-suspendiendo-demanda-civil
https://twitter.com/miguelgallardo/status/1243531594763247616
https://twitter.com/APEDANICA/status/1344994678148575233
https://twitter.com/miguelgallardo/status/1345511365348352001
https://twitter.com/APEDANICA/status/1376560511941283844
https://twitter.com/search?q=APEDANICA%20ACOSO%20JUDICIAL&src=typed_query&f=live
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(PhD)
Miguel Gallardo
PERITO
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APEDANICA con registro del Ministerio del Interior
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