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Derecho Inmediato e Irrenunciable a la Obtención de Copias del Modelo 347 de la AEAT por Cualquier Copropietario – Refuerzo Jurídico Definitivo, Corregido y Ampliado contra la Denegación de OFISERCO y CAFMADRID

Refuerzo ampliado, corregido y mejorado del documento principal publicado en https://www.miguelgallardo.es/denuncia-administrador-de-fincas-347.pdf

1. Hechos: Denegación Ilegal y Documentada del 26 de junio de 2026

El administrador colegiado Francisco Javier Barrionuevo Amigo (nº 5753 CAFMADRID) y su sociedad OFISERCO BYS S.L. (CIF B19961903) denegaron expresamente la entrega en formato PDF de **todos los Modelos 347** de la Comunidad Fernando Poo 16.

La denegación se produjo pese a facturar a la comunidad el servicio de elaboración y presentación ante la AEAT. OFISERCO ofreció únicamente consulta presencial restringida, invocando falsamente “criterios colegiales”. El Colegio CAFMADRID se limitó a un escueto acuse de recibo.

Documento probatorio clave (acuse de recibo de CAFMADRID): https://cita.es/ofiserco-347-cafmadrid-acuse.pdf evidencia por sí mismo la negativa sistemática y el uso indebido del nombre del Colegio.

2. Fundamentos Legales que Obligan a la Entrega Inmediata y Eficaz

2.1. Artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH)

Obliga al administrador a custodiar y poner a disposición de los titulares **toda** la documentación, **incluidas copias**. El derecho es efectivo y no puede limitarse a mera exhibición física cuando los documentos son digitales nativos.

2.2. Doctrina Vinculante de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) – FAQ-0906

Según la AEPD:

Los copropietarios tienen derecho a acceder a la documentación de la comunidad, incluidas las facturas y documentos contables, siempre que sea necesario para el ejercicio de sus derechos como titulares. La entrega de copias es procedente cuando no exista un riesgo real para la protección de datos de terceros.

Los Modelos 347 contienen exclusivamente datos de **personas jurídicas**. El RGPD **no les es aplicable** (art. 1 y Considerando 14). Invocar protección de datos para denegar copias es **fraude de ley**.

2.3. Mandato Civil y Rendición de Cuentas (art. 1720 Código Civil)

El administrador es mandatario remunerado. Debe rendir cuentas completas y entregar toda documentación resultante de su gestión.

2.4. Responsabilidad del Colegio CAFMADRID como Corporación de Derecho Público

CAFMADRID debe velar por la ética y diligencia de sus colegiados (Ley 2/1974). Amparar la obstrucción documental constituye infracción deontológica grave y posible responsabilidad patrimonial (art. 106 CE y Ley 40/2015, art. 14 traslado eficaz).

3. Otros Informes Jurídicos de Refuerzo con IA (Citables y Complementarios)

4. Crítica Severa y Responsabilidades de las Autoridades

La conducta de OFISERCO y la pasividad de CAFMADRID configuran un **patrón de opacidad sistemática** que impide el control fiscal y democrático de las comunidades. Esta negativa genera **indicios racionales de ocultación de irregularidades** ante la AEAT y posible prevaricación por omisión.

5. Petitorio y Garantía de Acceso Inmediato

Se requiere la entrega **inmediata** de todos los Modelos 347 en formato PDF. Cualquier nueva denegación será puesta en conocimiento de todas las autoridades con reclamación de responsabilidad patrimonial solidaria.

6. Guía Práctica para Todos los Propietarios de España

Todo copropietario puede y debe solicitar por escrito los Modelos 347. La negativa es impugnable y sancionable. APEDANICA ofrece modelo y seguimiento gratuito.

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