Juzgado de Instrucción 11 de Madrid (diligencias desconocidas)

Dr. (PhD) Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero, criminólogo, lic. y doctor en Filosofía, perito judicial privado, en mi propio nombre y derecho y también como presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) con datos de registro en el Ministerio del Interior publicados en www.cita.es/apedanica.pdf Tel. 902998352 Fax: 902998379 domicilio en calle Fernando Poo 16 - 6ºB, 28045 Madrid E-mail: miguel902998352@gmail.com como mejor proceda, DICE:

1º Hemos tenido conocimiento de hechos alarmantes por la noticia publicada así

La Policía Nacional lleva casi un año sin analizar el teléfono móvil que utilizaba la exconcejala socialista Noelia Martínez, que en febrero de 2013 presentó una querella criminal al descubrir que el aparato, un regalo de José Cepeda, actual diputado en la Asamblea de Madrid y senador, tenía un troyano que espiaba sus llamadas y sus mensajes. Noelia entregó el terminal, un Nokia N95-1, en mayo de 2015. El 23 de febrero de 2016, la Sección de Informática Forense de la Unidad Central de Criminalística de la Policía Científica comunicó al juez que lleva el caso que "para poder llevar a cabo el análisis/estudio del dispositivo que interesa es necesario utilizar técnicas forenses que pueden resultar invasivas para el citado dispositivo, quedando inutilizable para un nuevo uso".

La Policía pidió así a finales de febrero "una autorización para poder llevar a cabo el análisis correspondiente", lo que según fuentes jurídicas ha molestado al magistrado del caso, el titular del juzgado de instrucción número 11 de Madrid, que ya había requerido a los agentes una fecha de estimación de entrega del informe sobre el terminal. "La denunciante entregó hace casi un año el aparato. Ahora la Policía contesta que aún no ha hecho nada y pide una autorización para eximanarlo, algo que debería haber hecho ya, que para eso se le entregó el móvil". La defensa de Noelia prefiere no hacer comentarios, pero confirma que hace uno días han tenido que dar de nuevo su consentimiento para que analicen de una vez el teléfono.

La querella se presentó hace tres años y la investigación no están siendo demasiado ágil. Un portavoz de la Policía, que hace unos días aseguraba que este análisis no dependía de ellos, cambio luego su versión para reconocer que efectivamente se había solicitado una autorización para examinar el aparato. El caso fue descubierto por el diario 'El Mundo' en febrero de 2012, que tuvo acceso a un informe del departamento de Riesgo y Fraude de Telefónica que había detectado que una línea propiedad de la Asamblea de Madrid estaba siendo espiada por otra línea, también a nombre de la Cámara madrileña, a través del troyano 'Flexispy'. Esta última línea pertenecía a José Cepeda, que había regalado a Noelia el teléfono que tenía asignada la línea espiada….

Leer más:  La Policía lleva un año sin analizar el móvil espía del diputado socialista José Cepeda. Noticias de Madrid  http://goo.gl/VpBMi0

2º Ni APEDANICA ni yo personalmente tenemos relación con las partes, pero sí que podemos acreditar nuestro interés y disposición para promover la investigación eficaz de todo tipo de espionaje ilícito mediante nuevas tecnologías. En este caso, si efectivamente se trata del troyano “FLEXISPY”, tenemos la voluntad, y entendemos que el derecho de ejercer acusación, sin perjuicio de cuanto pueda promover el Ministerio Público, en especial Elvira Tejada de la Fuente en la Fiscalía para la Criminalidad Informática, Luis Jiménez Muñoz en el Centro Criptológico Nacional CCN del Centro Nacional de Inteligencia CNI o Víctor Calvo-Sotelo en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones a quien recomendamos requerir informe detallado “ad hoc” por el art. 381 de la LEC puesto que tiene competencias para imponer de oficio durísimas sanciones administrativamente a fabricantes, importadores, distribuidores y usuarios de sistemas dedicados al espionaje, y también para interpretar el Derecho Comunitario Europeo en estas materias,

FLEXISPY es un paradigma de perversión tecnológica y su fabricante, así como todos los representantes que puedan tener en España, deben estar inmediata e inexcusablemente a la disposición de juzgados y tribunales para informar del uso presuntamente ilícito que pueda hacerse de sus productos. En su web flexispy.com únicamente ofrecen como contacto el correo info@flexispy.com pero buscando en los registros de su dominio encontramos los siguientes datos relevantes:

Registrant Name: Christian Hutchison

Registrant Organization: FLEXISPY LTD

Registrant Street: Suite B, 1st Flr, Olioji Trade Centre

Registrant Street: Francis Rochet St.

Registrant City: Victoria, Mahe Seychelles

Registrant Postal Code: 10030

Registrant Country: SC

Registrant Phone: +18.582274400

Registrant Email: press@flexispy.com

   

FLEXISPY se anuncia en http://blog.flexispy.com/es/ textualmente así:

FlexiSPY tiene una característica descarado atrevimiento, de modo sigilo, y tan controversial que debemos tener cuidado de cómo nos anunciamos. Esta característica súper secreto que estamos hablando es de Interceptación de llamadas. Interceptación de llamadas es el...

Ser capaz de grabar las llamadas telefónicas en el teléfono de otra persona abre un sinfín de escenarios impresionantes de espionaje. Con FlexiSPY ahora puedes grabar fácilmente de otra persona de las llamadas telefónicas para escuchar a su propio ritmo, desde la...

No es necesario ser criminólogo, ni criptólogo, ni doctor con una tesis dedicada a esta alarmante problemática para entender que no solamente está en cuestión la tutela judicial efectiva del art. 24, los derechos personales del art. 18 y la seguridad jurídica del art. 9 de la Constitución Española, sino también lo que las últimas reformas del Código Penal de 1995 pretenden que sea de uso exclusivo policial (ya bastante controvertido de por sí, más aún sin previa autorización judicial), y que sin embargo, por pocos dólares puede obtenerse licencias temporales de FLEXISPY para cualquier móvil de cualquier persona, incluyendo los de jueces y fiscales. No se trata solamente de que se instruya, sino de que la tutela judicial sea efectiva y para ello, todos debemos ser iguales ante la ley, de manera que la instrucción judicial disponga de los mismos recursos y medios con independencia de quienes sean acusadores y acusados por constitucional interdicción de la arbitrariedad, tanto en el Juzgado, como en la Fiscalía, Policía, CCN del CNI, y Secretaría de Estado.

5º No hemos encontrado ninguna expresa referencia a FLEXISPY en jurisprudencia española, pero sí que existen en otros países, además de ser asemejable en su criminología a otros productos como por ejemplo EBLASTER, sobre el que existen claras sentencias como la SAP M 9904/2014 (ponente PALOMA PEREDA RIAZA) en la que parecen coincidir con este caso hasta las “dilaciones indebidas”. 

Por lo expuesto, al Juzgado se solicita que teniendo por presentado este escrito, por lo dispuesto en el Reglamento 1/2005 del CGPJ de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, art. 234 de la LOPJ y art. 120 de la Constitución:

Autos judiciales y escritos del Ministerio Fiscal en relación al uso del sistema FLEXISPY. Queremos manifestar, dejando muy claro, que no tenemos ningún interés en ningún dato personal de ninguna parte o de testigos, ni en documentación que no sea tecnológica y “espiológicamente” relevante. Es decir, que no pedimos nada aquí que no sea relevante para la protección de cualquier usuario de teléfonos móviles o smartphones que tenga, o pudiera tener instalado el sistema FLEXISPY, y que el fabricante asuma las máximas responsabilidades penales, civiles y periciales exigibles en sede judicial, inmediatamente.

2º Sin perjuicio de las diligencias ya ordenadas, que se requiera informe sobre FLEXISPY, sus clientes, las condiciones de uso de sus sistemas y cualquier dato relevante para el total esclarecimiento de los hechos tecnológicos al director del Centro Criptológico Nacional CCN del Centro Nacional de Inteligencia CNI en Internet www.ccn.cni.es con sede en la Avenida Padre Huidobro s/n, 28071 Madrid, Tel. 913725000 y también al Secretario de Estado para las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información en C/ Capitán Haya, 41, C.P. 28071 Madrid, a la mayor brevedad posible, dándonos copia de esos informes porque nuestro propósito es que la instrucción sea, en todos los casos de espionaje de móviles, lo más eficaz y rápida que sea posible por el art. 9, 18 y 24 de la Constitución Española para ejercer también el derecho de iniciar procedimientos administrativos sancionadores por denuncia en la que deseamos incluir cuanto se nos facilite en este asunto.

Por ser justo, lo pedimos en Madrid, a 29 de marzo de 2016.

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Dr. (PhD) Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero, criminólogo, lic. y doctor en Filosofía, perito judicial privado, en mi propio nombre y derecho y también como presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) con datos de registro en el Ministerio del Interior publicados en www.cita.es/apedanica.pdf Tel. 902998352 Fax: 902998379 domicilio en calle Fernando Poo 16 - 6ºB, 28045 Madrid E-mail: miguel902998352@gmail.com 

Hiperenlaces en www.cita.es/flexispy y www.miguelgallardo.es/flexispy.pdf 

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