Miguel A. Gallardo, Ingeniero de Minas con Tel.: 619.77.64.75

Desde Internet http://www.cita.es/hundimiento

 

Riesgos judiciales en EL CARMEL

 

El auto de judicial de 8 páginas de fecha 17 de febrero por el que se admite a trámite la querella contra GISA, FCC, COMSA, COPISA, TEC-4 y GEOCONTROL inicia un procedimiento por presuntos delitos de estragos y daños por imprudencia que sin duda será largo y tortuoso, especialmente para las víctimas, que tendrán muy difícil resolver muchos problemas cotidianos porque la experiencia demuestra que las administraciones públicas acaban amparándose en el clásico “sub judice” para demorar y complicar cualquier actuación. En mi opinión, se debe denunciar, también judicialmente, cada pretexto irresponsable o dilatorio porque el hecho de que haya un procedimiento judicial abierto no debe de retrasar ni un minuto las compensaciones y soluciones, pidiendo duras MEDIDAS CAUTELARES contra quien demora la reparación. Las medidas cautelares más urgentes pueden ser solicitadas inmediatamente por cualquiera de las partes personadas y no resultaría difícil fundamentarlas técnicamente, ahora mismo, al amparo del artículo 24 de la Constitución Española para la tutela judicial efectiva.

 

La prueba pericial será una de las claves procesales, y la experiencia también demuestra que hay riesgos para la independencia de los peritos al ser las dos universidades a las que se han pedido listas de expertos ámbitos académicos muy cerrados, en los que todos los catedráticos y profesores titulares del área se conocen bien por haber coincidido en lecturas de proyectos fin de carrera, tesis doctorales, proyectos de investigación y congresos internacionales, además de que casi siempre hay una sospechosa endogamia en todos los tribunales de oposición. Existen otras posibilidades que generarían tachas o incluso recusaciones formales de algunos peritos que de momento debo de reservarme, en espera de lo que se resuelva por el artículo 456 de la LECrim invocado en el auto.

 

Pero incluso si los peritos son auténticamente imparciales, les llevará mucho tiempo estar en condiciones de dictaminar concluyentemente y en el auto únicamente se apunta hacia la investigación de la “actividad subterránea inmediatamente desencadenante de los hundimientos”. La proposición de la prueba pericial, con los considerandos y las bases documentales oportunas, tendrá que formular preguntas directas, precisas e infirmantes de una realidad material incontrovertible. En muchas ocasiones las pruebas periciales se inician sin un cuestionario claro y útil, resultando una instrucción judicial larga y probablemente estéril. Un lamentable ejemplo de peritación geotécnica mal enfocada se dio en la catástrofe medioambiental por la rotura de la balsa minera de Aznalcóllar, cuya indefinición y vaguedad debe ser evitada en EL CARMEL. En este sentido, se recomienda tener presente el artículo 475 de la LECRim “El Juez manifestará clara y determinadamente a los peritos el objeto de su informe”.

 

Sin embargo, cabe preguntarse cómo puede manifestarse clara y determinadamente el objeto del informe. La respuesta más sensata es la que empieza por considerara los documentos obrantes en autos, y los que se han solicitado ya por oficio. Pero las partes, y especialmente los más perjudicados, no deben esperar a que la Administración de Justicia, haga los primeros tanteos sobre la documentación y sus interpretaciones, cuando son muchos los medios de comunicación que han conseguido centrar bien la problemática al menos en los siguientes aspectos:

 

1.- Especificaciones técnicas incorrectas, ignoradas o incumplidas

2.- Responsabilidad por acciones u omisiones con resultado de daños

 

Resulta especialmente interesante el archivo informático en formato PDF de 1.260 páginas (125.718 Kbytes que se han distribuido en un CD-ROM) bien conocido por los Grupos Parlamentarios y por numerosos medios de comunicación de Cataluña que documenta, incluyendo la “MEMÒRIA i ANNEXOS PLÀNOLS, PLEC DE CONDICIONS TÈCNIQUES i PRESSUPOST NÚM. 1, 2, 3 i 4” del proyecto “INFRAESTRUCTURES, SUPERESTRUCTURES I ELECTRIFICACIÓ DE LA LÍNIA 5 TRAM: HORTA–VALL D’HEBRÓN”, pero será el “Libro de Obras”, cuyo decomiso ya ha resuelto el juzgado, lo que más información proporcionará sobre las causas inmediatas del hundimiento.

 

No hay que olvidar que todos y cada uno de los que resulten ser responsables presumiblemente son reconocidos expertos (aunque no sería la primera obra en la que reputados ingenieros, arquitectos, licenciados y doctores encubren la actuación impune de los auténticos dueños de la obra), y que los interrogatorios de los abogados a expertos sin contar con el asesoramiento de otros expertos pueden ser, en este caso, contraproducentes, costosos y retrasarían cualquier solución razonable.

 

Por todo lo anterior, recomendamos a los perjudicados disponer lo antes posible de asesoramiento técnico cualificado, incluso desde una perspectiva internacional, y aquí nos ofrecemos para estudiar cuanta documentación relevante se nos proporcione.

 

En este sentido, la empresa española de servicios técnicos de ingeniería “Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas, Sociedad Limitada (Unipersonal) está estableciendo contactos con expertos extranjeros cuya reputación y distancia respecto a las personas físicas y jurídicas responsables del hundimiento garantizan su objetividad y su imparcialidad. Por otra parte, existen algunos antecedentes de hundimientos que han afectado a poblaciones (Heathrow-Paddington, Munich, Paris, Atenas, Toscana, Montemor, Los Ángeles, Moscú, Singapur, Shanghai) cuyo estudio puede ser útil para la pronta racionalización del fenómeno y la reparación de las zonas afectadas de la mejor manera posible, evitando victimizaciones secundarias en las que los perjudicados acaban por ser víctimas también de la burocracia y la judicialización desorientada.

 

Estamos componiendo una página en Internet informativa para los afectados y sus representantes, intentando ser especialmente útiles para el juzgado, la fiscalía y también para todos los abogados que acrediten alguna relación con perjudicados. Esta página ya está disponible, con este mismo texto, en Internet http://www.cita.es/hundimiento

 

Agradeceremos la más amplia difusión de este comunicado, y de la referencia o cualquier enlace (link) a la página de Internet http://www.cita.es/hundimiento

 

Miguel Ángel Gallardo Ortiz, Ingeniero de Minas por la UPM, Criminólogo por la UCM y Diplomado en Altos Estudios Internacionales por la SEI-CSIC

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