Impugnaciones de correos electrónicos en el caso Urdangarin. Criptología forense en www.cita.es/impugnaciones y www.miguelgallardo.es/impugnaciones.pdf
Hay dos abogados a los que se atribuyen declaraciones que anuncian impugnaciones de los correos aportados por Diego Torres. Según EL MUNDO de 23/02/2013, “El abogado del duque de Palma, Mario Pascual, y el mediático abogado Javier Saavedra, conocido por representar a algunos de los personajes más mediáticos de este país, han pedido impugnar los correos revelados por el ex socio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres. Saavedra, que defiende a Robert Coockx, uno de los testaferros de las 'bandas de Suiza', ha asegurado que podría haber un delito de revelación de secretos“.
El número de correos electrónicos que cada día se aportan como evidencias en procedimientos judiciales, las experiencias periciales en criptología forense y la jurisprudencia permite hacer algunas consideraciones sobre las anunciadas impugnaciones de los correos aportados por Diego Torres, pero será necesario estudiar muy detenidamente las alegaciones en las que los abogados fundamenten cada impugnación. Son inadmisibles las impugnaciones genéricas o vagas sobre documentos concretos porque los correos electrónicos tienen presunción de veracidad y es quien los niega quien debe decir si son todos completamente falsos, o cuáles son falsos y cuáles no, y en qué sentido o dato (fechas, identidades o contenidos).
Existen varios procedimientos periciales para adverar los correos electrónicos aportados por Diego Torres, pero su utilidad y pertinencia dependerá de cómo planteen las impugnaciones los abogados. La resolución judicial será interesante.
El art. 396 del Código Penal, dice que comete un delito “El que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o, para perjudicar a otro, hiciere uso de un documento falso...“ y el art. 197 “El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses”. Sin embargo, algunos abogados han revelado correos electrónicos de sus clientes, violando dolosamente el secreto profesional, y nunca fueron condenados, ni siquiera imputados por ello. El caso Urdangarín es una buena oportunidad para cuestionar si la Justicia es igual para todos, o algunos privilegiados pueden impugnar correos electrónicos con nuevos planteamientos forenses.
Miguel Ángel Gallardo Ortiz, perito en criptología forense, ingeniero, criminólogo, licenciado en Filosofía y diplomado en Altos Estudios Internacionales, de la empresa Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (CITA) SLU, constituida en 1996, y presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA), constituida en 1992, Tel. 902998352 fax 902998379 miguel@cita.es