Al Juzgado de Instrucción Nº 16 de Madrid
Juicio de Faltas 492 /2005 - C

Atendiendo a la Cédula de Citación, como denunciado, comparezco empezando por manifestar mi interés y voluntad para agotar todas las posibilidades de prueba de la falsedad del denunciante. En este sentido, con el máximo respeto, pero también haciendo valer todos mis derechos como denunciado, quiero empezar por manifestar que soy ingeniero y criminólogo, con amplia experiencia en accidentología, habiendo sido perito judicial en más de una docena de accidentes, varios de los cuales fueron mortales, y de ellos, algunos pueden verse publicados en mis páginas de Internet http://www.cita.es/puntos/negros con enlaces a http://www.cita.es/accidente1 hasta http://www.cita.es/accidente6 con algunas peritaciones más en http://www.cita.es/aquaplaning

Además, soy un estudioso de la falsedad de testimonios, y de los procedimientos de prueba de la mendacidad. Me he especializado en el diagnóstico y pronóstico de la querulancia. Entre otras páginas publicadas hace años, puedo referenciar http://www.cita.es/denuncias/falsas  http://www.cita.es/falsedad http://www.cita.es/para/probar/falsedad y http://www.cita.es/acusado entre otras enlazadas. Me considero un perito experto en probar la mendacidad y el desprecio a la verdad conociendo bien los artículos 456 (denuncia falsa) 457 (simulación de delito), 458 (falsedad de testigos) 459 (falsedad de peritos e intérpretes) y 460 (falsedad parcial, sin faltar sustancialmente a la verdad, pero alterándola con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes). He impartido conferencias sobre falsedad judicial en Portugal en http://www.cita.es/veracidad/expolingua Venezuela en http://www.cita.es/ateneo y también en Paraguay y Argentina. En inglés, he impartido conferencias sobre asuntos periciales relacionados con la falsedad y las falsificaciones en Ginebra (PalExpo de Ginebra) según http://www.cita.es/falsificaciones y http://www.cita.es/imitaciones y Hong Kong según lo que puede verse en http://www.cita.es/HK

Más lamentable aún es cualquier concesión que un médico pueda hacer al fingimiento, simulación y mendacidad de tal denuncia. No me consta más que un evasivo certificado en el que el médico ni siquiera concede una baja médica laboral, y en cualquier caso, si el denunciate trata de hacer valer el testimonio de un médico, este debe de estar presente en la sala y ser muy consciente del artículo 460 del Código Penal, porque tomaré muy buena nota de su declaración, repito, si es que comparece algún médico para declarar en favor del denunciante simulador. Lo más lamentable de todo es que ningún fiscal conozca las particularidades del caso, y sobre todo, lo esencial, transcentental y doctrinal, sobre la simulación mendaz a la que me referiré tanto como se me permita, porque creo que el Ministerio Público debería atender y entender mucho más al respecto.

Mi declaración necesariamente se ha de ajustar a lo ya manifestado, por cierto, con el pleno acuerdo del denunciante, en el PARTE AMISTOSO DEL ACCIDENTE, e incluso si se me permite, quisiera también minimizar más aún los daños del vehículo del denunciante, porque el golpe fue ciertamente mínimo (y es muy dudoso que tuviera la culpa yo porque quien frenó en seco fue el denunciante al poco de abrirse el semáforo), y es falso que haya cualquier tipo de daño lateral, y además, es geométrica y mecánicamente imposible cualquier daño lateral dada la descripción del accidente aceptada inmediatamente por el denunciante. Respecto a sus dolencias, su falsedad es para mí más que evidente, al ser descarada, porque casualmente, después del accidente, ambos coincidimos durante las siguientes horas en la misma jornada que se celebraba en la Cámara de Comercio de Madrid, saludándome el denunciante en perfectas condiciones físicas, e incluso riendo abiertamente. La denuncia que consta es simuladora y exagerada hasta el pundo de resultarme mendaz, y creo que estoy en mi derecho, y también en mi obligación, de hacérselo saber al juzgado, y no pienso renunciar a manifestarme en este sentido también fuera de él. Si el denunciante lo desea, puede querellarse conmigo porque creo que está cometiendo un delito contra la Administración de Justicia, y así lo digo, aquí y ahora.

Comprendo que, como denunciado, mi opinión tiene un valor relativo, y precisamente por este motivo quiero aportar al Juicio de Faltas un relevante trabajo de investigación titulado LA SIMULACIÓN DE ENFERMEDAD FÍSICA O TRASTORNO MENTAL firmado por  Mercedes Inda Caro, Serafín Lemos Giráldez y Ana María López Rodrigo de la Facultad de Psicología. Universidad de Oviedo conjuntamente con José Luis Alonso Rionda de los Servicios de Salud Mental de Asturias, y que ha sido publicado muy recientemente, en  Diciembre , nº 92 , de 2005, por la publicación del Colegio Oficial de Psicólogos editada como Papeles del Psicólogo, de la que ofrezco una copia al Juzgado, permitiéndome destacar (el subrayado y la negrita es de este denunciado) lo que cito así:

Resumen: Se analiza la naturaleza y la frecuencia de la simulación de síntomas clínicos, y se describen algunos instrumentos de medida generales, que han sido utilizados para determinar la validez de los síntomas, así como pruebas específicas para tomar decisiones respecto a la existencia de simulación en el ámbito clínico. En particular, se presentan algunos criterios de utilidad para evaluar la existencia de simulación de un trastorno de estrés post-traumático, de un síndrome orgánico cerebral, de amnesia y de un trastorno psicótico.

El primer párrafo me parece extraordinariamente relevante para este juicio, por lo que insisto en pedir que Su Señoría preste la máxima atención a la siguiente cita: El término "simulación", en su vertiente psicológica, está lleno de matices por cuanto alude a actitudes de encubrimiento (en el inglés británico, descritas como dissimulation o deception), de fingimiento o engaño (en el inglés americano, faking), o bien de invención consciente y deliberada de un trastorno mental o físico (en inglés, malingering), o de una incapacidad producida por un accidente o enfermedad, que en realidad no fueron causantes de esta, y de la que se deriva alguna ventaja personal. Esta es la acepción utilizada en el DSM-IV cuando la define como "la producción intencionada de síntomas físicos o psicológicos desproporcionados o falsos, motivados por incentivos externos como no realizar el servicio militar, evitar un trabajo, obtener una compensación económica, escapar de una condena criminal u obtener drogas. Bajo algunas circunstancias, la simulación puede representar un comportamiento adaptativo: por ejemplo, fingir una enfermedad mientras se está cautivo del enemigo en tiempo de guerra" (American Psychiatric Association, 1995, p. 698).

Lamentablemente, en este excelente trabajo de investigación no se hace referencia a la cervicalgia o latigazo cervical del que se queja el denunciante, pero como perito y estudioso de la accidentología, soy conocedor de la simulación, exageración y el finguimiento de numerosos denunciantes, a los que se les puede considerar perfectamente definidos por su actitud e intención en la siguiente cita del mismo trabajo:

Este concepto es matizado por Resnick (1997) cuando diferencia entre simulación pura (pure malingering) o fingimiento de un trastorno no existente; simulación parcial (partial malingering) o la exageración consciente de síntomas presentes o de un trastorno ya superado; y falsa imputación (false imputation), la atribución errónea de síntomas reales a una determinada causa, debido a un engaño inconsciente o a una mala interpretación de la situación.

Gorman (1982) diferenció también entre el acto y el estado de simular, por cuanto un acto implica voluntad, actitud asertiva de deseo y de propósito; mientras que el estado, desde un punto de vista legal, sería inherente a la persona, debido a su condición social o a posibles limitaciones.

Unas últimas citas pueden ilustrar mejor su relevancia, precisamente, en este juicio:

La incidencia de la simulación después de un accidente no es muy conocida, estimándose entre el 1 y el 50% de los casos (Henderson, 1986; Miller y Catlidge, 1972), dependiendo de si la fuente de información es el abogado del demandante o las compañías de seguros. Un factor influyente son las condiciones económicas y laborales, ya que se ha observado que aumenta cuando se esperan despidos inminentes en una empresa y disminuye cuando las personas mejoran su situación financiera o laboral. La disparidad respecto a la incidencia de la simulación puede deberse a la dificultad existente a la hora de diferenciar entre quienes inventan completamente los síntomas y las personas que exageran molestias ya existentes; en cuyo caso, podría hablarse más bien de "pacientes".

Por otra parte, la identificación de simuladores y la investigación sobre estos comportamientos han sido tradicionalmente muy complicadas. Así, por ej., en el ámbito de la reclamación de indemnizaciones por secuelas derivadas de algún accidente, al igual que en procesos judiciales en donde se reclaman derechos o la exención o atenuación de responsabilidades, se comprueba que las personas que tienen acceso a información relacionada con las alteraciones cerebrales y las pruebas neuropsicológicas pueden alterar con mayor probabilidad sus resultados (Coleman, Rapport, Millis, Ricker y Farchione, 1998; Youngjohn, Lees-Hayley y Binder, 1999).

También es cierto que los que estudiamos pericialmente la falsedad judicial podemos detectar la simulación y el fingimiento con mayor claridad y distinción (en el sentido que Descartes daba al conocimiento claro y distinto). Precisamente por ello, ahora en mi condición de denunciado, pido a Su Señoría el máximo celo y cuidado para percibir las intenciones del denunciante, porque no son causas, pero sí motivaciones perversas las que le han llevado a presentar una denuncia después de haber acordado amistosamente mi responsabilidad por un golpe de circulación realmente mínimo, prácticamente sin daños en los vehículos, y con un acuerdo del denunciante que se encontraba en perfecto estado.

Si el denunciante obtuviera algún beneficio por su denuncia en este juicio de faltas, en mi opinión, todos y cada uno de los impactos que puedan darse podrían producir, como mínimo, ese mismo beneficio, llegando a una situación completamente absurda e insostenible.

Yo no gano ni pierdo nada manifestándome así, porque mi compañía de seguros debe correr con todos los gastos e indemnizaciones, si las hubiere, pero no puedo evitar pensar en la gran cantidad de accidentes con auténticos perjudicados, incluso lesionados medulares con tetraplegia, o muertos en accidente de tráfico que no reciben indemnizaciones siendo mucho más justas que las que pretende el denunciante, por pequeñas que sean. Repito que estoy convencido de que finge, y lo diré dentro y fuera del juzgado invitándole a que se querelle por estar yo acusándole de mentir descaradamente, aquí y ahora.

Esta declaración escrita, y la documentación que la acompaña, deben incorporarse al expediente del juicio de faltas para cualquier posible recurso, y también por si tuviera que referirme a ella en caso de que algún médico deba de ser investigado, por sus declaraciones verbales o escritas. Me reservo cualquier derecho que pueda corresponderme, y respetuosamente hago saber al juzgado mi voluntad y deseo de publicar cuanto he conocido de este caso, incluyendo este documento.

Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero y criminólogo, con los datos de contacto que ya constan en el procedimiento, de los que recuerdo expresamente mi teléfono móvil 619776475