Atendiendo a la Cédula de
Citación, como denunciado,
comparezco empezando por manifestar mi interés y voluntad para
agotar todas las posibilidades de prueba de la falsedad del
denunciante. En este sentido, con el máximo respeto, pero
también haciendo valer todos mis derechos como denunciado,
quiero empezar por manifestar que soy ingeniero y criminólogo,
con amplia experiencia en accidentología, habiendo sido perito
judicial en más de una docena de accidentes, varios de los
cuales fueron mortales, y de ellos, algunos pueden verse publicados en
mis páginas de Internet
http://www.cita.es/puntos/negros
con enlaces a
http://www.cita.es/accidente1
hasta
http://www.cita.es/accidente6
con algunas peritaciones más en
http://www.cita.es/aquaplaning
Además, soy un estudioso de la falsedad de testimonios, y de los
procedimientos de prueba de la mendacidad. Me he especializado en el
diagnóstico y pronóstico de la querulancia. Entre otras
páginas publicadas hace años, puedo referenciar
http://www.cita.es/denuncias/falsas
http://www.cita.es/falsedad http://www.cita.es/para/probar/falsedad
y
http://www.cita.es/acusado
entre otras enlazadas. Me considero un perito experto en probar la
mendacidad y el desprecio a la verdad conociendo bien los
artículos 456 (denuncia falsa) 457 (simulación de
delito), 458 (falsedad de testigos) 459 (falsedad de peritos e
intérpretes) y 460 (falsedad parcial, sin faltar sustancialmente
a la verdad, pero alterándola con reticencias, inexactitudes o
silenciando hechos o datos relevantes). He impartido conferencias sobre
falsedad judicial en Portugal en
http://www.cita.es/veracidad/expolingua
Venezuela en
http://www.cita.es/ateneo
y también en Paraguay y Argentina. En inglés, he
impartido conferencias sobre asuntos periciales relacionados con la
falsedad y las falsificaciones en Ginebra (PalExpo de Ginebra)
según
http://www.cita.es/falsificaciones
y
http://www.cita.es/imitaciones
y Hong Kong según lo que puede verse en
http://www.cita.es/HK
Más lamentable aún es cualquier concesión que un
médico pueda hacer al fingimiento, simulación y
mendacidad de tal denuncia. No me consta más que un evasivo
certificado en el que el médico ni siquiera concede una baja
médica laboral, y en cualquier caso, si el denunciate trata de
hacer valer el testimonio de un médico, este debe de estar
presente en la sala y ser muy consciente del artículo 460 del
Código Penal, porque tomaré muy buena nota de su
declaración, repito, si es que comparece algún
médico para declarar en favor del denunciante simulador. Lo
más lamentable de todo es que ningún fiscal conozca las
particularidades del caso, y sobre todo, lo esencial, transcentental y
doctrinal, sobre la simulación mendaz a la que me
referiré tanto como se me permita, porque creo que el Ministerio
Público debería atender y entender mucho más al
respecto.
Mi
declaración necesariamente se ha de ajustar a lo ya manifestado,
por cierto, con el pleno acuerdo del denunciante, en el
PARTE AMISTOSO
DEL ACCIDENTE, e incluso si se me permite, quisiera
también minimizar más aún los daños del
vehículo del denunciante, porque el golpe fue ciertamente
mínimo (y es muy dudoso que tuviera la culpa yo porque quien
frenó en seco fue el denunciante al poco de abrirse el
semáforo), y es falso que haya cualquier tipo de daño
lateral, y además, es geométrica y mecánicamente
imposible cualquier daño lateral dada la descripción del
accidente aceptada inmediatamente por el denunciante. Respecto a sus
dolencias, su falsedad es para mí más que evidente, al
ser descarada, porque casualmente, después del accidente, ambos
coincidimos durante las siguientes horas en la misma jornada que se
celebraba en la Cámara de Comercio de Madrid, saludándome
el denunciante en perfectas condiciones físicas, e incluso
riendo abiertamente. La denuncia que consta es simuladora y exagerada
hasta el pundo de resultarme mendaz, y creo que estoy en mi derecho, y
también en mi obligación, de hacérselo saber al
juzgado, y no pienso renunciar a manifestarme en este sentido
también fuera de él. Si el denunciante lo desea, puede
querellarse conmigo porque creo que está cometiendo un delito
contra la Administración de Justicia, y así lo digo,
aquí y ahora.
Comprendo que, como denunciado, mi opinión tiene un valor
relativo, y precisamente por este motivo quiero aportar al Juicio de
Faltas un relevante trabajo de investigación titulado
LA
SIMULACIÓN DE ENFERMEDAD FÍSICA O TRASTORNO MENTAL
firmado por
Mercedes Inda Caro, Serafín Lemos
Giráldez y Ana
María López Rodrigo de la Facultad de Psicología. Universidad de
Oviedo conjuntamente con José Luis Alonso Rionda
de los Servicios de Salud Mental
de Asturias, y que ha sido publicado muy recientemente, en
Diciembre , nº 92 , de 2005, por la publicación del Colegio
Oficial de Psicólogos editada como
Papeles del Psicólogo,
de la que ofrezco una copia al Juzgado, permitiéndome destacar
(el subrayado y la negrita es de este denunciado) lo que cito
así:
Resumen:
Se analiza la
naturaleza y la frecuencia de la simulación
de síntomas clínicos, y se describen algunos
instrumentos de medida generales, que han sido utilizados para
determinar la validez de los síntomas, así como pruebas
específicas para tomar decisiones respecto a la existencia de
simulación en el ámbito clínico. En
particular, se presentan algunos criterios de utilidad para evaluar la
existencia de simulación de un trastorno de estrés
post-traumático, de un síndrome orgánico cerebral,
de amnesia y de un trastorno psicótico.
El primer párrafo me parece
extraordinariamente relevante para este juicio, por lo que insisto en
pedir que Su Señoría preste la máxima
atención a la siguiente cita: El término "simulación",
en su vertiente psicológica, está lleno de matices por
cuanto alude a actitudes de encubrimiento (en el inglés
británico, descritas como dissimulation o deception), de
fingimiento o engaño (en el inglés americano, faking), o
bien de invención consciente y deliberada de un trastorno mental
o físico (en inglés, malingering), o de una incapacidad
producida por un accidente o enfermedad, que en realidad no fueron
causantes de esta, y de la que se deriva alguna ventaja personal. Esta
es la acepción utilizada en el DSM-IV cuando la define como "la
producción intencionada de síntomas físicos o
psicológicos desproporcionados o falsos, motivados por
incentivos externos como no realizar el servicio militar, evitar un
trabajo, obtener una compensación económica, escapar de
una condena criminal u obtener drogas. Bajo algunas circunstancias, la
simulación puede representar un comportamiento adaptativo: por
ejemplo, fingir una enfermedad mientras se está cautivo del
enemigo en tiempo de guerra" (American Psychiatric Association, 1995,
p. 698).
Lamentablemente, en este excelente trabajo de
investigación no se hace referencia a la cervicalgia o latigazo
cervical del que se queja el denunciante, pero como perito y estudioso
de la accidentología, soy conocedor de la simulación,
exageración y el finguimiento de numerosos denunciantes, a los
que se les puede considerar perfectamente definidos por su actitud e
intención en la siguiente cita del mismo trabajo:
Este concepto es matizado por Resnick
(1997) cuando diferencia entre simulación
pura (pure malingering) o fingimiento de un trastorno no
existente; simulación
parcial (partial malingering) o la exageración consciente
de síntomas presentes o de un trastorno ya superado; y falsa
imputación (false imputation), la atribución
errónea de síntomas reales a una determinada causa,
debido a un engaño inconsciente o a una mala
interpretación de la situación.
Gorman (1982)
diferenció también entre el acto y el
estado de simular, por cuanto un acto implica voluntad, actitud
asertiva de deseo y de propósito; mientras que el estado, desde
un punto de vista legal, sería inherente a la persona, debido a
su condición social o a posibles limitaciones.
Unas últimas citas pueden ilustrar mejor su
relevancia, precisamente, en este juicio:
La incidencia de la simulación
después de un accidente
no es muy conocida, estimándose entre el 1 y el 50% de los casos
(Henderson, 1986; Miller y Catlidge, 1972), dependiendo de si la fuente
de información es el abogado del demandante o las
compañías de seguros. Un factor influyente son las
condiciones económicas y laborales, ya que se ha observado que
aumenta cuando se esperan despidos inminentes en una empresa y
disminuye cuando las personas mejoran su situación financiera o
laboral. La disparidad respecto a la incidencia
de la simulación puede
deberse a la dificultad existente a la hora de diferenciar entre
quienes inventan completamente los síntomas y las personas que
exageran molestias ya existentes; en cuyo caso, podría hablarse
más bien de "pacientes".
Por
otra parte, la identificación
de simuladores y la investigación sobre estos comportamientos han sido tradicionalmente muy
complicadas. Así, por ej., en el ámbito de la
reclamación de indemnizaciones por secuelas derivadas de
algún accidente, al igual que en procesos judiciales en donde se
reclaman derechos o la exención o atenuación de
responsabilidades, se comprueba que las personas que tienen acceso a
información relacionada con las alteraciones cerebrales y las
pruebas neuropsicológicas pueden alterar con mayor probabilidad
sus resultados (Coleman, Rapport, Millis, Ricker y Farchione, 1998;
Youngjohn, Lees-Hayley y Binder, 1999).
También es cierto que los que
estudiamos pericialmente la falsedad judicial podemos detectar la
simulación y el fingimiento con mayor claridad y
distinción (en el sentido que Descartes daba al conocimiento claro y distinto).
Precisamente por ello, ahora en mi condición de denunciado, pido
a Su Señoría el máximo celo y cuidado para
percibir las intenciones del denunciante, porque no son causas, pero
sí motivaciones perversas las que le han llevado a presentar una
denuncia después de haber acordado amistosamente mi
responsabilidad por un golpe de circulación realmente
mínimo, prácticamente sin daños en los
vehículos, y con un acuerdo del denunciante que se encontraba en
perfecto estado.
Si el denunciante obtuviera
algún beneficio por su denuncia en este juicio de faltas, en mi
opinión, todos y cada uno de los impactos que puedan darse
podrían producir, como mínimo, ese mismo beneficio,
llegando a una situación completamente absurda e insostenible.
Yo no gano ni pierdo nada
manifestándome así, porque mi compañía de
seguros debe correr con todos los gastos e indemnizaciones, si las
hubiere, pero no puedo evitar pensar en la gran cantidad de accidentes
con auténticos perjudicados, incluso lesionados medulares con
tetraplegia, o muertos en accidente de tráfico que no reciben
indemnizaciones siendo mucho más justas que las que pretende el
denunciante, por pequeñas que sean. Repito que estoy convencido
de que finge, y lo diré dentro y fuera del juzgado
invitándole a que se querelle por estar yo acusándole de
mentir descaradamente, aquí y ahora.
Esta declaración escrita, y la
documentación que la acompaña, deben incorporarse al
expediente del juicio de faltas para cualquier posible recurso, y
también por si tuviera que referirme a ella en caso de que
algún médico deba de ser investigado, por sus
declaraciones verbales o escritas. Me reservo cualquier derecho que
pueda corresponderme, y respetuosamente hago saber al juzgado mi
voluntad y deseo de publicar cuanto he conocido de este caso,
incluyendo este documento.
Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero y
criminólogo, con los datos de contacto que ya constan en el
procedimiento, de los que recuerdo expresamente mi teléfono
móvil 619776475