Al Departamento 2º, Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, reintegro por alcance B-110/2012 CC AA (Universidad Politécnica de Madrid UPM), Fax: 915230287 y 914467600
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Miguel Ángel Gallardo Ortiz, en su propio nombre y derecho y también como Administrador Único de la empresa Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas (CITA) SLU, constituida en 1996, con Tel. 902998352 fax 902998379 E-mail: miguel@cita.es ambos personados en las Actuaciones Previas 28/12 que se iniciaron como Diligencias B-193/11 por escrito del Fiscal-Jefe del Tribunal de Cuentas (folios 2 a 5 seguidos de 35 folios, del 6 al 41, con abundante y precisa documentación que nosotros mismos enviamos en su momento al fiscal) con fecha 19.11.12 hemos recibido la notificación de la Diligencia de Ordenación de 14.11.12 para impugnar el recurso de reposición de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) contra la Diligencia de Ordenación de 18.10.12, como mejor proceda hacemos, con las siguientes ALEGACIONES:
1ª La UPM se opone a cualquier actuación que posibilite investigar presuntas malversaciones con los más diversos pretextos. La documentación que consta en este reintegro por alcance B-110/2012 es claro indicio y evidencia de varias malversaciones denunciadas en el Juzgado de Guardia de Madrid, que han dado origen a varias diligencias previas en las que, en efecto, como denunciantes deseamos y solicitamos que sea aportada la documentación de este reintegro por alcance, a la mayor brevedad posible. De hecho, en un caso se cuestiona la procedencia de unas fotocopias que nosotros mismos aportamos. Ya no pedimos que se nos entregue ninguna documentación a nosotros, sino que se aporte directamente al Juzgado, o Audiencia, en el que están las actuaciones.
2ª Obviamente, debiera ser el Ministerio Público quien, en lugar de no oponerse, hubiera debido dar traslado al Juzgado. Precisamente por su pasividad estamos ejerciendo ACCIÓN PÚBLICA. La actuación, o más bien la omisión de los representantes del Ministerio Público es incalificable como no sea por el art. 408 del Código Penal que tipifica el delito más repugnante que puede cometer un Fiscal, y explica que, de las 273.965 condenas penales de 2011, solamente 40 lo fueran por malversación. No hace falta ser criminólogo para interpretar que los insancionables e incondenables representantes del Ministerio Público, especialmente en el Tribunal de Cuentas, tienen buena parte de la responsabilidad de la enorme “cifra negra”, es decir, de las malversaciones realmente cometidas, pero nunca denunciadas, o no suficientemente investigadas ni juzgadas, en España.
3ª También es obvio que la UPM, hasta ahora, siempre ha ocultado e incluso demandado por grandes cuantías a quienes hacemos público el uso indebido de recursos públicos. Es decir, que en lugar de investigar indicios y hechos como los que constan bien documentados en este reintegro por alcance B-110/2012, lo que hace es impedir que los indicios y los hechos contables sean conocidos por los jueces poniendo todas las dificultades posibles en el recurso de reposición que impugnamos.
Por lo expuesto, al Tribunal de Cuentas suplicamos que, teniendo por presentado este escrito de impugnación desestime el recurso de reposición de la Universiad Politécnica de Madrid (UPM) facilitando la documentación a los Juzgados y Audiencia Provincial de Madrid, según solicitamos desde el 20.9.12 confirmando la Diligencia de Ordenación de 18.10.12.
Por ser de hacer Justicia que respetuosamente pedimos en Madrid, a 19 de noviembre de 2012.
Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero por la UPM, criminólogo, también por CITA, SLU Tel. 902998352 fax 902998379 con domicilio en C/ Fernando Poo 16-6ºB 28045
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