A la atención de D. Crescencio Martín Pascual, Alcalde

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

Plaza Mayor de la Hispanidad, nº 1. CP 47400 Medina del Campo (Valladolid)

Tlfno. 983.81.10.20. Fax. 983.80.49.63 (y a quien más pueda interesar este asunto)

 

De mi URGENTE consideración, desde www.cita.es en Madrid:

 

Los vecinos de Medina del Campo, D. Jordi García García y Dª Laura Cesteros García, me han encargado hacer cuanto sea posible para que Vd. sea consciente, y plenamente responsable, de su más que lamentable situación, por tener su vivienda en condiciones inhabitables, desde hace demasiadas semanas. Es Vd. responsable de ello como Alcalde.

 

Es muy posible que algo no funcione nada bien en el Ayuntamiento de Medina del Campo, y que el Alcalde no lo sepa todavía, pero yo puedo asegurarle que ya hay dos escritos presentados en el registro de su Ayuntamiento que hasta ahora no han recibido respuesta alguna. Para que comprenda el alcance y la gravedad de lo ocurrido, adjunto copia de la denuncia ya presentada en el Juzgado de Guardia, seguida de mi informe preliminar como perito de D. Jordi García García y Dª Laura Cesteros García.

 

No creo que sea necesario recordarle los artículos 43 y 47 de la Constitución Española, pero le anticipo que mi primer consejo para Jordi y Laura fue mostrar el estado de su casa a todos sus adversarios políticos, dentro y fuera de su propio partido, y hacer cuanto sea posible para que no vuelva a ser candidato a nada relacionado con Medina del Campo quien no se ocupe y preocupe por ellos, urgentemente. Y ellos me han encargado dar la máxima publicidad a mi alcance a cuanto he visto con mis propios ojos en Medina del Campo en estos últimos días. Así lo hago con la difusión de esta carta, y de las 4 páginas que siguen a ésta, para las que pido la máxima atención municipal.

 

Comprenderá Vd., señor Alcalde, que mientras el Ayuntamiento no se ocupe y preocupe por Jordi y Laura, yo cuestione públicamente su autoridad moral. Y también que lo haga de la manera más eficaz para que, en su propio partido político, todos sepan que a Vd. no le importa que a una vivienda le afecte una nube de humo con sustancias tóxicas, y que nadie en la nómina del Ayuntamiento se ponga en contacto con los afectados. Es posible que esté Vd. en su derecho de no hacer nada, pero lo que sí que sé es que cuanto más tiempo tarde en que se resuelva de algún modo la situación de Jordi y Laura, más motivos tendrán para avergonzarle en cualquier acto público. Bajo mi responsabilidad, yo les he recomendado exponerle a Vd. a la misma sustancia que está haciendo inhabitable su casa, y estoy dispuesto a hacer frente a todas las consecuencias de tal recomendación, aunque temo que ellos sean mucho más prudentes de lo que yo lo sería en su situación. No es necesario que Vd. me responda a mí, pero sí que lo es que Vd. contacte pronto con Jordi en su móvil 660023446, y yo le recomiendo sinceramente que dedique unos minutos para visitar su vivienda Vd. mismo, y vea con sus propios ojos lo que ya se ha denunciado ante el Ayuntamiento de Medina del Campo, repetidamente.

 

Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con DNI: 7212602-D, como perito titulado superior (ingeniero de minas por la U. Politécnica de Madrid) y criminólogo por la U. Complutense especializado en tecnología forense y probática pericial, con domicilio profesional en Madrid, C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º Puerta B, C.P. 28045 Madrid,  teléfono móvil 619776475 y Currículum Vitae publicado en http://www.cita.es/conmigo

Adjuntando denuncia al Juzgado de Guardia y peritaje preliminar en 5 páginas con ésta


Al Juzgado de Guardia de Medina del Campo

 

Jordi García García, con DNI: 37388125-S, domicilio (inhabitable en estos momentos) en C/ Angustias Nº 6 Piso 4º Izquierda de Medina del Campo (Valladolid) C.P. 47400 y teléfono móvil  660023446, y también Laura Cesteros García con DNI: 12337625-B, móvil 659124394 perito titulado superior (ingeniero de minas por la U. Politécnica de Madrid) y criminólogo por la U. Complutense especializado en tecnología forense y probática pericial, Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con DNI: 7212602-D, domicilio profesional en Madrid, C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º Puerta B, C.P. 28045 Madrid, y teléfono móvil 619776475y el mismo domicilio, ambos provisionalmente alojados en calle Lope de Vega Nº 42, Piso 2ºA, C.P. 47400 de Medina del Campo, como denunciantes siguiendo la recomendación del (cuyo informe pericial preliminar se adjunta), ante este juzgado comparecen y como mejor proceda, presentamos esta

 

DENUNCIA AL JUZGADO:

 

PRIMERO.- Que el día 27 de junio de 2006 detectamos emisiones tóxicas de humos que cristalizan en cristales blancos que han entrado en el domicilio, sin que podamos precisar exactamente qué sustancia o sustancias los componen. Lo que sí que estamos en condiciones de asegurar, sin ningún género de dudas, es que se trata de una sustancia tóxica y muy peligrosa para la salud del denunciante Jordi García García, así como de Laura Cesteros García (pareja sentimental que convive con el denunciante), y de la perra de ambos, presentando diversos síntomas de intoxicación grave con vómitos, cefaleas, conjuntivitis, picores, dermatitis y trastornos que han sido reconocidos en atención primaria de salud por asistencia urgente a la pareja atribuyendo en un caso los síntomas a una intoxicación por mercurio y en otros con impresión diagnóstica por insecticida agrícola, y por la Clínica Veterinaria los Galgos a la perra diagnosticada de dermatitis de contacto encontrándose “cristalitos” diminutos en pliegues cutáneos y cabeza con eritema húmedo edematoso con alopecia, según ha acreditado la veterinaria, todo ello suficientemente acreditado en documentos que se acompañan.

 

SEGUNDO.- Que inmediatamente notificamos a nuestra compañía aseguradora Santa Lucía sin que hasta el momento se hayan hecho cargo de nada pese a haber reconocido un perito de esa aseguradora que la vivienda es actualmente inhabitable.

 

TERCERO.- Se ha puesto en conocimiento de la Junta de Castilla y León, así como del Ayuntamiento, su Policía Local y de la Comisaría de Policía de Medina del Campo, la gravedad de los hechos (se acompaña diversa documentación acreditativa de todo ello), pero tampoco han auxiliado en modo alguno al denunciante limitándose a recomendarle que contratase a un perito privado que certificase la gravedad de lo ocurrido. Los denunciantes, sin perjuicio de cuanto disponga este juzgado ante el que, aquí y ahora, se pide la inmediata tutela judicial efectiva, se reservan todos los derechos que puedan corresponderles ante las instancias de la Administración que resulten más competentes.

 

CUARTO.- Contratado el perito ingeniero superior Miguel Ángel Gallardo Ortiz se desplaza para visitar el domicilio siniestrado el domingo 13 de agosto de 2006, e inmediatamente se percata de la gravedad de lo ocurrido y el desamparo en el que los denunciantes se encuentran desde hace más de un mes, emitiendo en el mismo día el informe preliminar que se adjunta. Los denunciantes designan como perito de parte ante este juzgado a Miguel Ángel Gallardo Ortiz, solicitando así pronta audiencia para él considerando que reside en Madrid, y sus desplazamientos resultan difíciles y costosos.

 

Por todo lo anterior, al Juzgado se solicita que, a la mayor brevedad, disponga lo necesario para que:

 

1.- Por el médico forense se reconozca a los denunciantes considerando expresamente esta denuncia, y toda la documentación que se acompaña. Debe tenerse en cuenta que nuestros síntomas han remitido parcialmente al haber dejado de residir en nuestro domicilio hace ya varias semanas, y lógicamente, es previsible que sigan haciéndolo al estar siguiendo un tratamiento de desintoxicación actualmente.

 

2.- Por la Policía Judicial, preferentemente por la Guardia Civil, se tomen muestras de la sustancia o sustancias que impregnan nuestro domicilio, siendo especialmente evidente en tejidos como las esponjas y rellenos de colchones. Es posible que los denunciantes no sean los únicos afectados, y hacemos completamente responsables a las autoridades de cualquier perjuicio que su pasividad, ignorancia o incompetencia pueda ocasionar.

 

3.- En esta misma comparecencia aportamos muestras de la sustancia o sustancias que solicitamos sean analizadas por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que es un órgano técnico adscrito al Ministerio de Justicia, cuya función es auxiliar a la Administración de Justicia y contribuir a la unidad de criterio científico y a la calidad de la pericia analítica, así como al desarrollo de las ciencias forenses. Su organización y supervisión corresponde al Ministerio de Justicia. Tiene su sede en Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, por lo que entendemos que procede oficiar desde el jugado, URGENTEMENTE, al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en c/ Luis Cabrera nº 9, 28002 Madrid

Teléfonos: 91 562 84 69 y 91 562 04 20 Fax: 91 411 40 66

Director INTCF: Dr. D. Manuel Sancho Ruiz

Correo electrónico: m.sancho@mju.es  

 

Estos denunciantes reiteran que nombran perito judicial al titulado superior (ingeniero de minas por la U. Politécnica de Madrid) y criminólogo por la U. Complutense especializado en tecnología forense y probática pericial, Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con DNI: 7212602-D, domicilio profesional en Madrid, C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º Puerta B, C.P. 28045 Madrid, y teléfono móvil 619776475 (cuyo informe pericial preliminar se adjunta), y solicitamos que el juzgado, la policía judicial y los demás funcionarios se entiendan especialmente con él en lo sucesivo por ser de Justicia que pedimos ante el Juzgado de Guardia de Medina del Campo, a 14 agosto de 2006.

 

 

 

 

 

Jordi García García, con DNI: 37388125-S, domicilio (inhabitable en estos momentos) en C/ Angustias Nº 6 Piso 4º Izquierda de Medina del Campo (Valladolid) C.P. 47400 y teléfono móvil  660023446, y también Laura Cesteros García con DNI: 12337625-B, móvil 659124394 y el mismo domicilio, ambos provisionalmente alojados en calle Lope de Vega Nº 42, Piso 2ºA, C.P. 47400 de Medina del Campo, denunciantes que comparecen ante el Juzgado de Guardia de Medina del Campo


Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con DNI: 7212602-D, como perito titulado superior (ingeniero de minas por la U. Politécnica de Madrid) y criminólogo por la U. Complutense especializado en tecnología forense y probática pericial, con domicilio profesional en Madrid, C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º Puerta B, C.P. 28045 Madrid,  teléfono móvil 619776475 y Currículum Vitae publicado en http://www.cita.es/conmigo

 

Como informe preliminar y urgente a petición de D. Jordi García García, y también de Dª Laura Cesteros García, en base a que con fecha 14 de agosto de 2006 se ha reconocido pericialmente su domicilio (inhabitable en estos momentos) sito en la calle Angustias Nº 6 Piso 4º Izquierda, de Medina del Campo (Valladolid), C.P. 47400, y para los efectos que los interesados consideren oportunos, CERTIFICA:

 

1º Que la vivienda se encuentra en condiciones inhabitables por la abundante presencia de un polvo formado por cristales de pequeño tamaño probablemente procedentes de una de las chimeneas del edificio que puede verse desde las dos terrazas de la vivienda.

 

2º Este polvo provoca picores en la piel e irritación en la garganta y fosas nasales. Yo mismo he experimentado durante varias horas las molestias, apareciéndome una pápula o habón en un antebrazo, y para mí es muy evidente que la presencia de la sustancia o sustancias que impregnan las paredes, mobiliario y todo tipo de tejidos u objetos, es muy perjudicial para la salud. Además, varios electrodomésticos (especialmente un aparato de televisión y una cadena de música) presentan elementos y zonas quemadas por lo que cabe suponer que el polvo afecta al electromagnetismo de manera importante, y por todo ello es incontrovertiblemente inhabitable la vivienda siendo precisa una limpieza profesional con las máximas garantías antes de que vuelva a ser ocupada.

 

3º Al ignorarse la procedencia y la composición exacta de la sustancia, o las actividades que la han originado (en un documento firmado por un médico se sospecha que pueda ser mercurio mientras que en otro se atribuye a un insecticida agrícola de composición desconocida y yo también sospecho que pueda ser algún tipo de ácido de gran toxicidad, pero parece ser que nadie ha solicitado todavía una analítica rigurosa), yo considero apropiado, y muy urgente, hacer las siguientes RECOMENDACIONES:

 

3.1 Poner en conocimiento inmediato del Juzgado de Guardia de Medina del Campo todos los hechos, la documentación disponible, y las sospechas, solicitando que la Guardia Civil preferentemente sea la que tome muestras y se requiera un informe detallado, al menos, al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que es un órgano técnico adscrito al Ministerio de Justicia, cuya función es auxiliar a la Administración de Justicia y contribuir a la unidad de criterio científico y a la calidad de la pericia analítica, así como al desarrollo de las ciencias forenses. Su organización y supervisión corresponde al Ministerio de Justicia. Tiene su sede en Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, por lo que entendemos que procede oficiar desde el jugado, URGENTEMENTE, al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en c/ Luis Cabrera nº 9, 28002 Madrid

Teléfonos: 91 562 84 69 y 91 562 04 20 Fax: 91 411 40 66

Director INTCF: Dr. D. Manuel Sancho Ruiz

Correo electrónico: m.sancho@mju.es 

 

3.2 Como perito con ciertos conocimientos en siniestros industriales y toxicidad, considero urgente localizar la fuente emisora de la sustancia insalubre para lo que entiendo que la autoridad judicial, y también la policial, deberán realizar a la mayor brevedad pertinentes inspecciones y registros buscando materiales que pudieran producir las emanaciones, garantizando, al menos, que nunca se repetirán.

 

3.3 Sin perjuicio de lo anterior, a mi leal saber y entender, las autoridades municipales y autonómicas tienen una inexcusable responsabilidad, no sólo por cuanto pueda haber afectado a Jordi García García y a Laura Cesteros García, sino también por el grave riesgo de que las emanaciones se repitan y afecten a unas zonas cada vez más amplias. En mi opinión, el resto de los vecinos, y en especial, los niños que puedan tocar algún objeto expuesto a las emanaciones insalubres, o las personas mayores que habiten en las viviendas próximas a la que yo he reconocido pericialmente, corren un grave riesgo que debe ser conocido, reconocido y controlado por las autoridades sanitarias a la mayor brevedad posible. Sin embargo, la documentación de la que se me ha ofrecido copia evidencia gravísimas negligencias y denegaciones de auxilio en lo que podría llegar a constituir una comisión por omisión de sus responsables. Bajo mi responsabilidad, como perito, recomiendo a los afectados poner estos hechos en conocimiento de la prensa, radio y televisión local, y del Defensor del Pueblo, sin perjuicio de cuanto disponga el juzgado de Medina del Campo al que se solicite la tutela judicial efectiva, preferentemente con el más pronto y directo conocimiento del Ministerio Público.

 

3.4 Considerando la pasiva y desconsiderada actitud de la compañía aseguradora Santa Lucía, que no ha dado ninguna solución ni compensación a sus asegurados según ellos mismos me han manifestado, y al haber sido necesaria mi contratación como perito, a la vista del artículo 12. de las condiciones generales del Seguro Combinado del Hogar para la Valoración de los Daños, y teniendo en cuenta que los daños no sólo han sido materiales, sino que son también personales acreditados por médicos con preocupante gravedad, entiendo que procede ya denunciar ante el juzgado y la comunicación directa al Servicio de Consultas y Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sin que ello suponga renunciar a ningún derecho que a los afectados pueda corresponderles. Este mismo escrito ha de servir para alertar a los máximos responsables de la aseguradora Santa Lucía, y a todas sus autoridades supervisoras.

 

Este informe preliminar se ha redactado en el mismo día en que se ha realizado el primer reconocimiento pericial de la vivienda de D. Jordi García García y Dª Laura Cesteros García, considerando la insostenible situación y el desamparo, y la urgencia de sanear su vivienda. Posiblemente, estas recomendaciones puedan ampliarse una vez que se intente hablar directamente con las autoridades más competentes, para lo que se pone permanentemente a su disposición el teléfono móvil 619776475 de este perito.

 

En Medina del Campo (Valladolid), a 13 de agosto de 2006.

 

 

 

 

Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con DNI: 7212602-D, como perito titulado superior (ingeniero de minas por la U. Politécnica de Madrid) y criminólogo por la U. Complutense especializado en tecnología forense y probática pericial, con domicilio profesional en Madrid, C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º Puerta B, C.P. 28045 Madrid,  teléfono móvil 619776475 y Currículum Vitae publicado en http://www.cita.es/conmigo

Para D. Jordi García García y Dª Laura Cesteros García