Al Juzgado de Primera Instancia 4 de Palma de Mallorca, Islas Baleares, Recurso de Revisión
Para actuaciones del Ordinario 635/12 (José Ramón Bauzá contra Lorenzo Bravo y UGT)
Con copia para Fiscalía Anticorrupción, Fiscal-Jefe de Tribunal de Cuentas, Inspección Fiscal y Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (atn. María Ferrer)
Documento publicado en Internet www.cita.es/rebalear y www.miguelgallardo.es/rebalear.pdf
Miguel Ángel Gallardo Ortiz, también por CITA y APEDANICA, con los datos que ya constan y Tel. 902998352 fax 902998379, como mejor proceda presenta RECURSO DE REVISIÓN contra la resolución de la Secretaria Judicial, Sra. Navarro Piña, de 2.11.12, con estas ALEGACIONES:
1ª La resolución que se recurre no aporta ninguna información, ni desmiente nada ya publicado. Podemos entender que no se nos proporcione copia íntegra de las actuaciones, pero no podemos aceptar que ni siquiera se identifique a EL FISCAL, por lo que debemos insistir en conocer, al menos, el nombre y los apellidos de EL FISCAL, y los escritos que consten de EL FISCAL. Nuestra intención es denunciar a la INSPECCIÓN FISCAL, en principio, de la misma manera que ya hemos hecho en otro caso en Internet http://www.miguelgallardo.es/zarzosa.pdf
2ª El hecho de que la información afecte a derechos fundamentales, suponemos que amparados por el artículo 18 de la Constitución Española, no puede impedir que se ejerza algún derecho también amparado por el artículo 20 de la misma CE. Los hechos son de innegable relevancia pública.
3ª La resolución que se recurre parece pretender basarse en una falacia, así: los procedimientos por derecho al honor son privados, particulares y personales, y por lo tanto, supuestamente, no puede darse ningún dato sobre ellos. Si eso es así, el uso de recursos públicos para defender esos derechos demandando dinero a un particular y a una organización sindical, es una malversación de caudales públicos, como venimos sosteniendo desde hace años, en algunos casos, de acuerdo con la fiscalía y en otros, denunciando su presunta prevaricación pasiva y delitos del 408 del Código Penal. Por lo tanto, si es un asunto público, habría que facilitar cuanto posibilita el Reglamento 1/2005 e incluso el "Protocolo de Comunicación de la Justicia" dando inmediata publicidad a todas las actuaciones judiciales, pero si fuera privado, se está cometiendo una malversación de caudales públicos que es un delito público perseguible de oficio con clara prejudicialidad penal. Los fundamentos esenciales ya los hemos publicado en Internet http://www.miguelgallardo.es/malversado.pdf
Por lo expuesto, reiteramos en RECURSO DE REVISIÓN todo lo ya manifestado en nuestro escrito de 1.11.12, que mantenemos en Internet http://www.cita.es/balear y también en formato PDF en http://www.miguelgallardo.es/balear.pdf solicitando con especial interés cuanto manifieste EL FISCAL representante del Ministerio Público, identificándole personalmente lo antes posible, y en todo caso, que Su Señoría haga el EXPURGO de cuanto no se nos permita conocer facilitándonos copia de cuanto sí se nos permita conocer por el fax 902998379, a la mayor brevedad posible.
Por ser de hacer Justicia que respetuosamente pedimos en Madrid, a 7 de noviembre de 2012, con documento publicado en Internetwww.cita.es/rebalear y www.miguelgallardo.es/rebalear.pdf
y con nuestro escrito inicial en
www.miguelgallardo.es/balear.pdf
Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero, criminólogo, licenciado en Filosofía y diplomado en Altos Estudios Internacionales, en su propio nombre y derecho y también como representante (administrador único) de Cooperación Internacional en Tecnologías Avanzadas, Sociedad Limitada Unipersonal (CITA, SLU), domicilio en C/ Fernando Poo, 16 Piso 6ºB, 28045 Madrid, Tel. 902998352 fax 902998379 www.twitter.com/miguelencita y e-mail miguel@cita.es
se adjunta www.miguelgallardo.es/zarzosa.pdf y www.miguelgallardo.es/malversado.pdf