Rectificaciones por perito rectificador profesional

ARTE DE RECTIFICAR INVESTIGANDO ERROR ADMINISTRATIVO O JUDICIAL

Dr. (PhD) Miguel Gallardo, perito criminólogo, ingeniero, licenciado y doctor en

www.cita.es/rectificaciones y www.miguelgallardo.es/rectificador.pdf 

Filosofía por APEDANICA y www.cita.es 

Tel. 902998352 y E-mail: miguel902998352@gmail.com

Son muy numerosas las ocasiones en las que las consecuencias de la imprecisión o un error pueden ser devastadoras. Las necesarias rectificaciones pueden hacerse con mayor o menor calidad y eficacia. Los procedimientos administrativos y judiciales con errores pueden ser rectificados en cualquier momento, pero conviene rectificar bien. La experiencia nos ha demostrado que un dictamen pericial bien estructurado, a petición de un perjudicado, firmado por un experto en rectificaciones puede corregir resoluciones y reducir los perjuicios.

Sin embargo, las víctimas de resoluciones administrativas o judiciales basadas en errores siempre han tenido muy difícil conseguir una subsanación o revocación o rectificación o corrección por parte de funcionarios públicos, y en especial, de jueces y magistrados. Las alegaciones son sistemáticamente ignoradas o desconsideradas o malinterpretadas por el funcionario público que se empecina en su error con contumacia, e incluso perjudica más aún al ya perjudicado.

Pero si un experto dictamina con rigor que existe un error material o aritmético, o una imprecisión que perjudica a un interesado, el procedimiento administrativo o judicial debe garantizar una corrección adecuada. Tenemos experiencia y vocación para perfeccionar los dictámenes periciales para rectificar todo tipo de errores e imprecisiones a petición de interesados legítimos.

También son útiles los dictámenes periciales para ejercer el derecho de rectificación ante medios de comunicación según la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.

Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a rectificar la información difundida, por cualquier medio de comunicación social, de hechos que le aludan, que considere inexactos y cuya divulgación pueda causarle perjuicio.

Podrán ejercitar el derecho de rectificación el perjudicado aludido o su representantes y, si hubiese fallecido aquél, sus herederos o los representantes de éstos.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dice:

Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores.

1. Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial dice:

Artículo 267.

1. Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.

2. Las aclaraciones a que se refiere el apartado anterior podrán hacerse de oficio dentro de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución, o a petición de parte o del Ministerio Fiscal formulada dentro del mismo plazo, siendo en este caso resuelta por el tribunal dentro de los tres días siguientes al de la presentación del escrito en que se solicite la aclaración.

3. Los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento.

derecho de rectificación

1. m. derecho que la ley concede a toda persona para que se rectifique lainformación, difundida por cualquier medio de comunicación, de hechosque considere inexactos y cuya divulgación pueda perjudicarla.

rectificación

Del lat. rectificatio, -ōnis.

1. f. Acción y efecto de rectificar.

derecho de rectificación

derecho de rectificación

1. m. derecho que la ley concede a toda persona para que se rectifique lainformación, difundida por cualquier medio de comunicación, de hechosque considere inexactos y cuya divulgación pueda perjudicarla.

rectificador, rectificadora

1. adj. Que rectifica.

rectificar 

Del lat. rectificāre, de rectus 'recto' y -ficāre '-ficar'.

1. tr. Reducir algo a la exactitud que debe tener.

2. tr. Dicho de una persona: Procurar reducir a la conveniente exactitud ycerteza los dichos o hechos que se le atribuyen.

3. tr. Contradecir a alguien en lo que ha dicho, por considerarlo erróneo.

4. tr. Modificar la propia opinión que se ha expuesto antes.

5. tr. Corregir las imperfecciones, errores o defectos de algo ya hecho.

6. tr. Electr. Convertir una corriente alterna en continua.

7. tr. Geom. Determinar una recta cuya longitud sea igual a la de una curvadada.

8. tr. Mec. Mecanizar la superficie de una pieza con el fin de que tenga larugosidad y forma requeridas.

9. tr. Quím. Purificar líquidos por destilación.

10. prnl. Dicho de una persona: Enmendar sus actos o su proceder.

Formas no personales

Infinitivo

Gerundio

rectificar

rectificando

Participio

rectificado

Indicativo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

Presente

Pretérito imperfecto / Copretérito

yo

rectifico

rectificaba

tú / vos

rectificas / rectificás

rectificabas

usted

rectifica

rectificaba

él, ella

rectifica

rectificaba

nosotros, nosotras

rectificamos

rectificábamos

vosotros, vosotras

rectificáis

rectificabais

ustedes

rectifican

rectificaban

ellos, ellas

rectifican

rectificaban

Pretérito perfecto simple / Pretérito

Futuro simple / Futuro

yo

rectifiqué

rectificaré

tú / vos

rectificaste

rectificarás

usted

rectificó

rectificará

él, ella

rectificó

rectificará

nosotros, nosotras

rectificamos

rectificaremos

vosotros, vosotras

rectificasteis

rectificaréis

ustedes

rectificaron

rectificarán

ellos, ellas

rectificaron

rectificarán

Condicional simple / Pospretérito

yo

rectificaría

tú / vos

rectificarías

usted

rectificaría

él, ella

rectificaría

nosotros, nosotras

rectificaríamos

vosotros, vosotras

rectificaríais

ustedes

rectificarían

ellos, ellas

rectificarían

Subjuntivo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

Presente

Futuro simple / Futuro

yo

rectifique

rectificare

tú / vos

rectifiques

rectificares

usted

rectifique

rectificare

él, ella

rectifique

rectificare

nosotros, nosotras

rectifiquemos

rectificáremos

vosotros, vosotras

rectifiquéis

rectificareis

ustedes

rectifiquen

rectificaren

ellos, ellas

rectifiquen

rectificaren

Pretérito imperfecto / Copretérito

yo

rectificara o rectificase

tú / vos

rectificaras o rectificases

usted

rectificara o rectificase

él, ella

rectificara o rectificase

nosotros, nosotras

rectificáramos o rectificásemos

vosotros, vosotras

rectificarais o rectificaseis

ustedes

rectificaran o rectificasen

ellos, ellas

rectificaran o rectificasen

Imperativo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

tú / vos

rectifica / rectificá

usted

rectifique

vosotros, vosotras

rectificad

ustedes

rectifiquen

peritar 

1. tr. Evaluar en calidad de perito.

peritar

Formas no personales

Infinitivo

Gerundio

peritar

peritando

Participio

peritado

Indicativo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

Presente

Pretérito imperfecto / Copretérito

yo

perito

peritaba

tú / vos

peritas / peritás

peritabas

usted

perita

peritaba

él, ella

perita

peritaba

nosotros, nosotras

peritamos

peritábamos

vosotros, vosotras

peritáis

peritabais

ustedes

peritan

peritaban

ellos, ellas

peritan

peritaban

Pretérito perfecto simple / Pretérito

Futuro simple / Futuro

yo

perité

peritaré

tú / vos

peritaste

peritarás

usted

peritó

peritará

él, ella

peritó

peritará

nosotros, nosotras

peritamos

peritaremos

vosotros, vosotras

peritasteis

peritaréis

ustedes

peritaron

peritarán

ellos, ellas

peritaron

peritarán

Condicional simple / Pospretérito

yo

peritaría

tú / vos

peritarías

usted

peritaría

él, ella

peritaría

nosotros, nosotras

peritaríamos

vosotros, vosotras

peritaríais

ustedes

peritarían

ellos, ellas

peritarían

Subjuntivo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

Presente

Futuro simple / Futuro

yo

perite

peritare

tú / vos

perites

peritares

usted

perite

peritare

él, ella

perite

peritare

nosotros, nosotras

peritemos

peritáremos

vosotros, vosotras

peritéis

peritareis

ustedes

periten

peritaren

ellos, ellas

periten

peritaren

Pretérito imperfecto / Copretérito

yo

peritara o peritase

tú / vos

peritaras o peritases

usted

peritara o peritase

él, ella

peritara o peritase

nosotros, nosotras

peritáramos o peritásemos

vosotros, vosotras

peritarais o peritaseis

ustedes

peritaran o peritasen

ellos, ellas

peritaran o peritasen

Imperativo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

tú / vos

perita / peritá

usted

perite

vosotros, vosotras

peritad

ustedes

periten

dictaminar 

1. intr. Dar dictamen.

dictaminar

Formas no personales

Infinitivo

Gerundio

dictaminar

dictaminando

Participio

dictaminado

Indicativo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

Presente

Pretérito imperfecto / Copretérito

yo

dictamino

dictaminaba

tú / vos

dictaminas / dictaminás

dictaminabas

usted

dictamina

dictaminaba

él, ella

dictamina

dictaminaba

nosotros, nosotras

dictaminamos

dictaminábamos

vosotros, vosotras

dictamináis

dictaminabais

ustedes

dictaminan

dictaminaban

ellos, ellas

dictaminan

dictaminaban

Pretérito perfecto simple / Pretérito

Futuro simple / Futuro

yo

dictaminé

dictaminaré

tú / vos

dictaminaste

dictaminarás

usted

dictaminó

dictaminará

él, ella

dictaminó

dictaminará

nosotros, nosotras

dictaminamos

dictaminaremos

vosotros, vosotras

dictaminasteis

dictaminaréis

ustedes

dictaminaron

dictaminarán

ellos, ellas

dictaminaron

dictaminarán

Condicional simple / Pospretérito

yo

dictaminaría

tú / vos

dictaminarías

usted

dictaminaría

él, ella

dictaminaría

nosotros, nosotras

dictaminaríamos

vosotros, vosotras

dictaminaríais

ustedes

dictaminarían

ellos, ellas

dictaminarían

Subjuntivo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

Presente

Futuro simple / Futuro

yo

dictamine

dictaminare

tú / vos

dictamines

dictaminares

usted

dictamine

dictaminare

él, ella

dictamine

dictaminare

nosotros, nosotras

dictaminemos

dictamináremos

vosotros, vosotras

dictaminéis

dictaminareis

ustedes

dictaminen

dictaminaren

ellos, ellas

dictaminen

dictaminaren

Pretérito imperfecto / Copretérito

yo

dictaminara o dictaminase

tú / vos

dictaminaras o dictaminases

usted

dictaminara o dictaminase

él, ella

dictaminara o dictaminase

nosotros, nosotras

dictamináramos o dictaminásemos

vosotros, vosotras

dictaminarais o dictaminaseis

ustedes

dictaminaran o dictaminasen

ellos, ellas

dictaminaran o dictaminasen

Imperativo

Número

Personas del discurso

Pronombres personales

tú / vos

dictamina / dictaminá

usted

dictamine

vosotros, vosotras

dictaminad

ustedes

dictaminen

Se recomienda ver 

www.cita.es/habeas-erroris y www.miguelgallardo.es/habeas-erroris.pdf 

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Rectificaciones por perito rectificador profesional

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HABEAS ERRORIS. Errores en procedimientos administrativos y judiciales

Detección y corrección del error en una resolución errónea por Dr. (PhD) Miguel Gallardo, perito criminólogo, ingeniero, licenciado y doctor en Filosofía por APEDANICA y www.cita.es Tel. (+34) 902998352 y E-mail: miguel902998352@gmail.com

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