MODELO DE RECURSO DE REFORMA CON "CÓDIGOS
LIBRA"
Y PERITO
CONTRA SOBRESEIMIENTO
Y ARCHIVO DE ACTUACIONES
(una nueva técnica procesal mediante
1.
Que los artículos 141 de
la Ley de
Enjuiciamiento Criminal y 248.2 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial
exigen que cualquier sobreseimiento contenga una motivación
fáctica y jurídica para
permitir el conocimiento por la parte del razonamiento intelectual
seguido por
el instructor para sostener su decisión de archivo, produciendo
su ausencia, en
este caso, una flagrante indefensión por la evidente falta de
motivación del
auto recurrido, impidiéndose contraponer los argumentos de parte
que sean
necesarios a fin de intentar una revocación de la
decisión inicialmente
adoptada. Por ello procede la declaración de nulidad plena de la
resolución
recurrida y, conforme establecen los artículos 238.3 y 240.1 de
la Ley
Orgánica
del Poder Judicial, la reposición de lo actuado al
momento anterior a proveerse
sobre la práctica de nuevas diligencias que esclarezcan los
hechos, y todos sus
responsables, o sobre la conclusión de la investigación
judicial exitosa o
fracasada para, con absoluta libertad de criterio, decidir sobre tales
extremos
y, caso de volverse a decidir el sobreseimiento provisional de la
causa, hacerlo
mediante resolución en forma de auto debidamente motivado
(consideramos
inadmisible el uso automático del código LIBRA
42.500 por suponer una sistemática perversión
2.
Que entrando en el fondo de
la causa, entendemos que en modo alguno puede darse por fracasada la
investigación
judicial de los hechos denunciados sin antes recibir declaración
(código LIBRA 74.550) de testigos, ni
sin oficiar (código LIBRA 40.350)
al perito de nuestra elección (ingeniero-