Al Juzgado de Instrucción nº 2 de Madrid, Dil. Prev. PA 3240/13

REITERANDO enlaces en www.cita.es/reitera-jmv y www.miguelgallardo.es/reitera-jmv.pdf 

prejudicialidad en en www.cita.es/cautelar-jmv y www.miguelgallardo.es/cautelar-jmv.pdf 

rector www.cita.es/imputa-rector y www.miguelgallardo.es/imputa-rector.pdf 

INFORME en www.cita.es/informe-jmv y www.miguelgallardo.es/informe-jmv.pdf 

DOCUMENTO en www.cita.es/alzada-jmv y www.miguelgallardo.es/alzada-jmv.pdf 

DILIGENCIAS en www.cita.es/diligencias-jmv y www.miguelgallardo.es/diligencias-jmv.pdf

RECURSO en www.cita.es/recurso-jmv y www.miguelgallardo.es/recurso-jmv.pdf 

QUERELLA en www.cita.es/querella-jmv y www.miguelgallardo.es/querella-jmv.pdf 

Miguel Torres Álvarez, procurador del Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz y la mercantil CITA SL, bajo la dirección letrada del Dr. José Manuel López Iglesias, como mejor proceda en derecho comparece para reiterar que:

1º Que desde la presentación de nuestro último escrito de 14.10.15 (que solicitaba prejudicialidad y reiteraba el de 22.6.15 y otros anteriores) no se tiene noticia de resolución alguna y que el secretario judicial José Ignacio Atienza López está ocasionando gravísimos perjuicios con dos ejecuciones sobre “cosa no juzgada” perjudicando gravísimamente una víctima de la malversación y prevaricación de los dos acusados, letrado y rector de la UPM. Volvemos a insistir al juzgado en que los cuerpos del delito están en el Juzgado de 1ª Instancia 41 de Madrid, no solamente en el P.O. 1877/08 sino también en las ejecuciones 138 y 294, ambas de 2015.

2º Además de reiterar todo lo ya manifestado y solicitado en escritos anteriores, considerando la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y el hecho de que no se ha requerido nada ni al juzgado civil ni a la UPM pasados ya más de dos años y medio (la querella es de 6.6.13 y en ella se explicitaron claramente ambas peticiones) y el que ni siquiera conocemos ni el más mínimo informe de la Fiscalía sobre los hechos presuntamente delictivos, antes de denunciar dilaciones indebidas y los crecientes perjuicios (ahora por ejecuciones extremadamente injustas) desde 2008.

3º El Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz ha conseguido dos documentos muy relevantes que se han ido adjuntando, en esta ocasión, uno de la Fiscalía. Con independencia de el lentísimo enjuiciamiento criminal que llevamos más de 30 meses padeciendo, se van acumulando evidencias del dolo de los altos cargos de la UPM. Basta la lectura del documento adjunto para suponer las dilaciones provocadas por letrados de la UPM que consiguen que se juzguen hace pocos días en el Juzgado de lo Penal 1 de Madrid unos hechos que ocurrieron en junio de 2004, es decir, más de once años y medios para juzgar una única falsedad, después de 7 para que un fiscal califique los hechos como delictivos, según se adjunta. Nos preguntamos cuánto tiempo será necesario para conocer la calificación de un fiscal aquí., más aún considerando la reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las dilaciones indebidas son más perjudiciales aún para los ya perjudicados, que en este caso, ni siquiera han conseguido que el “cuerpo del delito” sea requerido ni a la UPM ni al Juzgado de 1ª Instancia 41 de Madrid al que, insistimos una vez más, deben requerirse todas las actuaciones que evidencian MALVERSACIÓN y PREVARICACIÓN con IGNORANCIA DELIBERADA en el P.O. 1877/08 con los perjuicios que se evidencian en las ejecuciones 138 y 294, ambas de 2015 (pese a que la demanda malversada fue desestimada con condena en costas a la UPM, pero pocas veces es más cierta la maldición “pleitos tengas y los ganes”). 

Por lo expuesto, reiterando todos nuestros escritos anteriores pendientes de resolución, al Juzgado pedimos que teniendo por presentado este escrito y la documentación que se acompaña, requiera al Juzgado de 1ª Instancia 41 de Madrid todas las actuaciones contra los querellantes, en especial, a la mayor brevedad posible suspendiendo por prejudicialidad penal y cautelarmente en el mismo Juzgado de 1ª Instancia 41 de Madrid las ejecuciones 138 y 294 ambas del 2015 y todas cuento emane del P.O. 1877/2008, auténtico “cuerpo de los delitos” que aquí se imputan, por ser Justo, se pide en Madrid, a 7 de enero de 2016.

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Dr. José Manuel López Iglesias, abogado y Miguel Torres Álvarez, procurador

REITERANDO enlaces en www.cita.es/reitera-jmv y www.miguelgallardo.es/reitera-jmv.pdf 

prejudicialidad en en www.cita.es/cautelar-jmv y www.miguelgallardo.es/cautelar-jmv.pdf 

rector www.cita.es/imputa-rector y www.miguelgallardo.es/imputa-rector.pdf 

INFORME en www.cita.es/informe-jmv y www.miguelgallardo.es/informe-jmv.pdf 

DOCUMENTO en www.cita.es/alzada-jmv y www.miguelgallardo.es/alzada-jmv.pdf 

DILIGENCIAS en www.cita.es/diligencias-jmv y www.miguelgallardo.es/diligencias-jmv.pdf

RECURSO en www.cita.es/recurso-jmv y www.miguelgallardo.es/recurso-jmv.pdf 

QUERELLA en www.cita.es/querella-jmv y www.miguelgallardo.es/querella-jmv.pdf 

Se adjunta escrito de Fiscalía en https://goo.gl/oVfIL1