@miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo PERITO

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DOCUMENTO DE ANÁLISIS FORENSE Y DENUNCIA PÚBLICA

Análisis Forense de la Disposición Nº 01 de la Fiscal Suprema Zoraida Ávalos: Indicios Racionales de Uso No Declarado de Inteligencia Artificial y Encubrimiento Institucional

Audiencia: Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANC-MP), Junta Nacional de Justicia (JNJ), Poder Judicial del Perú, Colegios de Abogados, penalistas peruanos, periodistas de investigación, políticos y ciudadanía.

Objeto: Este informe realiza un análisis forense exhaustivo del documento oficial "Disposición N.º 01" de la Segunda Fiscalía Suprema Especializada, suscrito por la Fiscal Suprema Zoraida Ávalos Rivera (ex Fiscal de la Nación), fechado el 30 de enero de 2026. Su finalidad es identificar, documentar y evidenciar indicios racionales que apuntan a:

  1. La posible utilización de herramientas de Inteligencia Artificial (IA) no declaradas en la redacción de una resolución fiscal de alto nivel.
  2. La existencia de un patrón de encubrimiento, lenidad y conflicto de intereses institucionalizado dentro del Ministerio Público peruano a favor del investigado César Acuña Peralta y su red empresarial (Universidad César Vallejo - UCV).
  3. La vulneración sistemática de deberes funcionales y principios de la función fiscal, en concordancia con la documentación preexistente sobre corrupción en cita.es y miguelgallardo.es.

Metodología: Análisis lingüístico-forense, contrastación con estándares de redacción jurídica, cotejo con fuentes documentales públicas y aplicación de principios de auditoría de sistemas de IA inspirados en la Instrucción 2/2026 del CGPJ español.

Índice Analítico del Informe Forense

1. Contexto Documentado: César Acuña, la UCV y la Corrupción Sistémica del Ministerio Público

La denuncia del Dr. Gallardo y la posterior disposición de Ávalos no son hechos aislados. Forman parte de un patrón documentado de captura institucional. La Fiscalía de la Nación y sus órganos de control (ANC-MP) mantienen desde 2013 un "Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional" con la Universidad César Vallejo, propiedad de César Acuña, investigado por lavado de activos.

"El convenio otorga beneficios académicos y económicos directos a fiscales, personal administrativo y forense del Ministerio Público, igual que a sus cónyuges e hijos (cláusula 5.1). La concesión de la 'Categoría Especial en la pensión mensual a pagar' puede ser considerado una dádiva o prebenda que vulnera la imparcialidad y transparencia institucional, generando apariencia de captación indebida o 'captura institucional'." Extracto de la denuncia presentada por Miguel Gallardo, citado en la propia Disposición de Ávalos (Fundamentos, punto 2).

Este convenio crea un conflicto de intereses estructural e insalvable. Según documentación en los portales referenciados, numerosos fiscales y magistrados (Lea Guayán Huaccha, Oliver Chávez Sánchez, William Arana Morales, entre otros) han sido o son docentes o beneficiarios de la UCV, lo que explica la parálisis investigativa y el archivo sistemático de causas contra Acuña y su universidad, incluidas las graves irregularidades en la titulación del expresidente Pedro Castillo.

La Fiscal Zoraida Ávalos, como ex Fiscal de la Nación y ahora Fiscal Suprema, no solo es parte de esta estructura, sino que tiene el deber funcional supremo de actuar con objetividad e independencia. Su disposición, en lugar de ordenar una investigación imparcial, opera como un mecanismo de contención y descrédito de la denuncia, técnica propia del encubrimiento corporativo.

2. Resumen Crítico de la Disposición Fiscal de Zoraida Ávalos

La Disposición N.º 01 es un documento de 5+ páginas que improcedentemente archiva la denuncia del Dr. Gallardo. Su estructura y contenido revelan su verdadera naturaleza:

Sección del Documento Contenido Observado Crítica y Análisis
Fundamentos (a) Resumen extenso y descontextualizado de la denuncia (69 folios), descrita como "desordenada". Enfatiza la presentación "virtual" del denunciante y su nacionalidad española. Sesgo inicial: Descalificación sutil de la fuente ("extenso", "desordenado", "español"). No se enfoca en los hechos denunciados, sino en la forma. Técnica de desvío de atención.
Fundamentos (b a i) Listado mecánico de los documentos adjuntos a la denuncia, incluido un "Informe Jurídico ad hoc por IA Gemini de Google" elaborado por el denunciante. Indicio clave: La Fiscalía recibe y menciona un análisis hecho por IA, pero no declara sus propios métodos de producción. Posible proyección o inspiración en la redacción de la propia disposición.
Análisis y Decisión Afirma que los hechos "no configuran delito" porque son "generales" y no especifican "modus operandi". Concluye que no corresponde abrir investigación, archivando el caso. Distorsión jurídica grave: La denuncia señala convenios específicos, nombres de fiscales, fechas y delitos (tráfico de influencias, conflicto de intereses, omisión de funciones). La exigencia de un "modus operandi" detallado para iniciar una investigación preliminar es ilegal y contraria al Código Penal Procesal. Es la técnica de la "sobre-exigencia imposible" para el archivo.

La disposición no contiene ningún análisis jurídico sustantivo sobre los convenios denunciados, ni ordena verificar si los fiscales mencionados están inhibidos, ni pide un informe a la ANC-MP sobre el conflicto de intereses. Su única función es burocrática y de bloqueo.

3. Análisis Forense: Indicios Racionales de Uso de IA no Declarado

Basándonos en metodologías de detección de contenidos generados por IA y en la experiencia de análisis como el de la Instrucción del CGPJ español, se identifican los siguientes patrones anómalos en la disposición de Ávalos:

3.1. Estructura y Estilo Lingüístico Anómalo

3.2. Contenido y Errores de Contexto

3.3. Hipótesis Racional de Procedimiento

El patrón más plausible es el siguiente: La Fiscalía Suprema recibió la voluminosa denuncia y, para agilizar su "despacho" (archivo), utilizó una herramienta de IA de resumen y/o generación de textos. Se ingresó la denuncia (o su extracto) a un sistema (puede ser una herramienta interna o incluso una de uso público no declarado) con la instrucción tácita o explícita de "elaborar un resumen y fundamentos para el archivo por falta de concreción". El sistema generó el texto base, que fue luego firmado por la Fiscal Ávalos sin una revisión crítica y asumiendo la autoría intelectual, en violación de todo principio de responsabilidad funcional.

"El principio de control humano efectivo y responsabilidad personal es universal. Si un fiscal usa IA, debe declararlo, revisar críticamente su output y asumir la plena responsabilidad por el contenido final. La opacidad en el uso es en sí misma una falta grave." Principio extrapolado del análisis comparativo de modelos de IA para el CGPJ español.

4. Análisis de Contenido: Indicios de Encubrimiento y Lenidad Premeditada

Más allá del posible uso de IA, el contenido de la disposición es en sí mismo prueba documental de encubrimiento institucional.

6. Principios Jurídicos Universales y Doctrina Aplicable

Este caso trasciende el derecho peruano y se enmarca en estándares internacionales:

La Instrucción 2/2026 del CGPJ español, aunque no aplicable, establece principios universales para el uso de IA en justicia: control humano, transparencia, responsabilidad personal y prohibición de sustitución del criterio. La opacidad en la posible utilización de IA por la Fiscalía Suprema peruana viola todos ellos.

7. Recomendaciones Ad Hoc para la Investigación Pericial

Dirigidas a la ANC-MP, JNJ, Colegios de Abogados y fiscalías competentes:

  1. Investigación Disciplinaria Inmediata (ANC-MP/JNJ):
    • Abrir expediente disciplinario contra la Fiscal Suprema Zoraida Ávalos Rivera por posible: Omisión/Inexactitud en funciones (Art. 59 Ley Orgánica MP), Negligencia Grave, Prevaricato por Omisión y Encubrimiento Personal.
    • Exigir a la Segunda Fiscalía Suprema la entrega de todos los metadatos del documento (historial de versiones, usuario creador, fecha y hora de modificaciones) y el registro de actividades en los sistemas informáticos el día de su redacción.
    • Solicitar declaraciones a la Fiscal Ávalos y su equipo sobre los métodos de redacción utilizados, si emplearon herramientas de software de apoyo (resumidores, asistentes de escritura, IA generativa) y la justificación jurídica detallada del archivo.
  2. Investigación Penal Independiente:
    • Una fiscalía no comprometida (p.ej., Fiscalía Superior o Especial) debe reabrir una investigación preliminar por los delitos denunciados contra César Acuña y la UCV, excluyendo de ella a todos los fiscales mencionados en los convenios o como docentes de la UCV.
    • Ordenar a la División de Tecnología de la Información del MP un peritaje informático para detectar rastros del uso de aplicaciones de IA generativa (ChatGPT, Gemini, Copilot, etc.) en los equipos de la Fiscalía Suprema.
  3. Análisis Forense Documental Profundo:
    • Contratar peritos lingüísticos e informáticos independientes (como los de APEDANICA) para realizar un análisis de estilometría y detección de IA en el texto de la disposición, comparándolo con otras resoluciones firmadas por Ávalos y con textos generados por modelos de lenguaje conocidos.
    • El peritaje debe buscar patrones de "burstiness" (uniformidad), rarezas léxicas, estructuras sintácticas atípicas y marcas de agua digitales propias de ciertos generadores de texto.
  4. Acciones de Transparencia y Control:
    • La ANC-MP debe emitir una directiva inmediata que obligue a todos los fiscales a declarar expresamente en sus resoluciones si han utilizado herramientas de IA en su elaboración, bajo pena de sanción disciplinaria.
    • Revisar y anular de oficio el "Convenio Marco UCV-Ministerio Público" por generar conflicto de intereses institucional.

8. Referencias y Metaenlaces de Acreditación

Este análisis se fundamenta en documentación pública y en la trayectoria pericial de APEDANICA:

Para verificación de la trayectoria investigadora de APEDANICA en estos temas:
Búsqueda Google: Corrupción César Acuña - UCV - Fiscalía