@miguelgallardo | Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo | Perito Judicial Especialista en Ingeniería Forense e INFORMATOSCOPIA NOTARIAL en APEDANICA

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⚠️ NOTA: Este informe complementa los análisis publicados en cita.es/concursales-fti/ (FTI & Partners), cita.es/concursales-pwc/ (PwC) y cita.es/concursales-ey/ (EY Abogados). Toda comunicación debe dirigirse a APEDANICA, no a la administración concursal.

🏢 INFORME PERICIAL DE APEDANICA: RESPONSABLES CORPORATIVOS DE KPMG ASESORES S.L. Y KPMG CONCURSAL S.L.P., ADMINISTRACIONES CONCURSALES Y MACROCAUSAS

La multinacional KPMG articula su intervención en el mercado de las situaciones especiales, la insolvencia corporativa y el Libro Segundo del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) mediante dos personalidades jurídicas diferenciadas: KPMG ASESORES S.L. y KPMG CONCURSAL S.L.P. Este informe pericial, de máxima extensión y rigor forense, identifica a los máximos responsables corporativos, a los administradores concursales designados judicialmente (personas físicas) y a los macroconcursos gestionados por ambas firmas, con especial atención a Isolux Corsán, Nozar, Kabaena (Miró), Bambú Telecom, Unipost, Charter Isolux y Producciones Alba, así como las implicaciones del nuevo Real Decreto-Ley 7/2026.

⚠️ IMPORTANTE PARA ACREEDORES
De acuerdo con el TRLC, el plazo para comunicar créditos es de un mes desde la publicación en el BOE. La extemporaneidad conlleva la subordinación del crédito (art. 281 TRLC). APEDANICA asesora sobre la viabilidad de incidentes concursales (art. 297 TRLC) para impugnar listas de acreedores o la exclusión indebida.

📋 Índice de contenidos ampliado

🔍 1. Identificación, estructura fiscal y dualidad societaria operativa

La multinacional KPMG actúa en el ámbito concursal y de reestructuraciones en España mediante dos entidades con personalidad jurídica diferenciada:

👔 2. Máximos responsables corporativos de KPMG en España

⚖️ 3. Administradores concursales y liquidadores (personas físicas de KPMG)

Los edictos del Boletín Oficial del Estado (BOE) y los asientos del Registro Mercantil (BORME) detallan las personas físicas integradas en KPMG que actúan bajo firma autorizada en las sedes judiciales.

3.1. Francisco Alfonso del Busto (Alfonso del Busto)

3.2. Ángel Martín Torres (mencionado también como directivo)

3.3. Carlos Solans de la Vega

3.4. Otros profesionales y técnicos de KPMG indexados en el BOE

🏢 4. Inventario exhaustivo de macroconcursos y sociedades afectadas

La división forense y concursal de KPMG acumula un volumen de masa pasiva bajo gestión judicial que supera los miles de millones de euros.

4.1. Grupo Isolux Corsán S.A. (macroconcurso coordinado de filiales) – Pasivo >4.000M €

4.2. Nozar S.A. (macroconcurso del sector inmobiliario y promoción de suelo) – Pasivo 1.304.265.114,02 €

4.3. Kabaena Directorship S.L. (explotadora comercial de Distribuidora Miró)

4.4. Bambú Telecom S.L. – Expediente 657/2020 (Madrid)

4.5. Unipost S.A. (macroconcurso del sector postal y logístico) – Pasivo >50M €, >2.200 trabajadores afectados

4.6. Producciones Alba S.A. – liquidación pericial de activos inmobiliarios

📌 APEDANICA no gestiona créditos ni actúa como administración concursal. Su función es exclusivamente pericial: auditoría forense, detección de irregularidades y asesoramiento técnico para la impugnación de listas de acreedores (art. 297 TRLC).

⚖️ 5. Blindaje de responsabilidades colectivas e institucionales (Art. 64 TRLC)

En el marco de la auditoría forense de grandes operadores de insolvencias, uno de los factores de mayor opacidad procesal para los perjudicados radica en la rotación e intercambio interno de los socios firmantes en las delegaciones territoriales. Frente a esta práctica, APEDANICA establece los siguientes criterios estrictos de imputación:

⚖️ 6. Criterios de responsabilidad y jurisprudencia del Tribunal Supremo (2025-2026)

📜 7. Actualización regulatoria: Real Decreto-Ley 7/2026 (Moratoria societaria)

Cualquier dictamen pericial sobre insolvencias en el año en curso debe considerar el marco regulatorio tras la convalidación del Real Decreto-Ley 7/2026, de 20 de marzo (Plan Integral de Respuesta a la Crisis). Esta norma introduce cambios significativos en la gestión de insolvencias:

🛠 8. Plazos procesales y recomendaciones para acreedores

📚 DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA VERIFICADA (BOE y fuentes oficiales) – Enlaces indexables con atributos SEO

📑 Análisis de concursos de acreedores

Dictamen pericial sobre viabilidad de reclamaciones y valoración de créditos.

🔍 Informática forense concursal

Investigación de rastros digitales para detectar alzamiento de bienes o fraudes.

⚖️ Impugnación de listas de acreedores

Elaboración de recursos para impugnar listas provisionales o definitivas.

📢 Asesoramiento a afectados por macroconcursos

Colaboración con acreedores, proveedores y trabajadores afectados.

⚖️ RECOMENDACIÓN FINAL DE APEDANICA
Si usted es acreedor, proveedor o afectado por alguno de los procedimientos concursales mencionados, contacte exclusivamente con APEDANICA para recibir asesoramiento pericial independiente. No remita documentación a la administración concursal sin previo análisis forense, ya que el plazo para comunicar créditos es preclusivo y cualquier error puede degradar su derecho de cobro. Ante la entrada en vigor del RDL 7/2026, se recomienda una revisión cautelar de los balances de las empresas deudoras.

📩 CONTACTO ÚNICO PARA ASOCIADOS Y AFECTADOS
Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo, Presidente de APEDANICA
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🌐 Web institucional: cita.es/apedanica.pdf
📄 Este documento puede ser utilizado por profesionales del derecho, periodistas de investigación y acreedores para la fiscalización de las administraciones concursales.