“Auto repugnante” de la AP de Murcia sobre Las Atalayas (836/2025): crítica jurídica y técnica

Cómo una interpretación restrictiva de la conexidad (art. 17 LECrim) bloquea la investigación penal de responsabilidades municipales por el incendio con 13 víctimas.

Contacto pericial @miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo — PERITO Tel. (+34) 902 998 352 E‑mail: apedanica.ong@gmail.com @APEDANICA

El Auto impugnado

Documento: Auto 836/2025, AP Murcia (PDF). Su tesis central: no hay conexidad penal entre el homicidio imprudente del incendio y posibles prevaricaciones administrativas, por lo que rechaza abrir pieza separada ni practicar diligencias sobre funcionarios municipales.

Esta página expone, con base documental, por qué esa lectura cercena la verdad material y favorece la lenidad y el encubrimiento de responsabilidades públicas.

Claves de crítica (jurídicas y técnicas)

Conexidad funcional (art. 17.2.3 LECrim)

Cuando actos u omisiones administrativas (p. ej., no ejecutar clausuras, deficiencias en PRL, licencias irregulares) facilitan la materialización del riesgo mortal, existe relación funcional suficiente para instruir en la misma causa. Negarlo a priori impide verificar el nexo.

Prueba administrativa objetiva: ITSS vs. Teatre Murcia, SLU

Consta sanción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (PRL) a Teatre Murcia, SLU como infracción muy grave, publicada y oficiada. Ese expediente íntegro debe incorporarse a la causa penal para valorar la facilitación del resultado.

Publicación de sanción (CITA) · Oficio relacionado

“Máquinas de chispas” / “fuego frío”

Alertas documentadas sobre temperaturas reales, consumibles y condiciones de uso seguro, con propuestas de diligencias (manuales, fichas técnicas, ensayos, metadatos).

Chispas‑112 firmado · AXA y chispas · Medios públicos

Periciales y materiales de referencia

Por qué este Auto es “repugnante” desde la tutela judicial efectiva

  1. Desnaturaliza la investigación al amputar, por puro formalismo, el bloque administrativo (PRL, licencias, órdenes de clausura, comunicaciones internas), imprescindible para reconstruir la cadena causal.
  2. Niega la conexidad funcional del art. 17.2.3 LECrim sin comprobarla: si la permisividad administrativa facilitó el delito principal, procede investigar en la misma causa.
  3. Genera impunidad práctica: desplaza la posible responsabilidad pública a vías paralelas y lentas, favoreciendo la caducidad o la prescripción.
  4. Lesiona la tutela de las víctimas (art. 24 CE) y la exigencia constitucional de control de la Administración (art. 106.2 CE).

Diligencias y oficios propuestos (acotados y eficaces)

Documento clave: Escaleras de caracol (PDF)